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Banco de Preguntas
y Respuestas

El banco de preguntas y respuestas es un instrumento que permite organizar y categorizar las preguntas frecuentes en relación con el ciclo de gestión territorial planteadas a través de correo electrónico, consulta directa, webinarios y otros mecanismos de interacción con las entidades territoriales

Su objetivo es disponer de información de respuestas a consultas frecuente, de una manera unificada, precisa y disponibles estar disponibles de manera permanente (7 días, 24 horas)

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Consejos Territoriales de Planeación

La ley 152 establece los días que se tienen para hacer el concepto más allá si son o no hábiles, entonces como Concejo Territorial de Planeación tenemos 30 días que empiezan a contar a partir de la fecha en la cual la entidad territorial nos entrega el Plan de Desarrollo Territorial para hacer el concepto.


No podemos decir que sean metas obligatorias como tal, si están asociadas a las competencias, las competencias de la entidad territorial son obligatorias, por ejemplo, si mi responsabilidad es el plan de alimentación escolar, entonces si inversión lo voy a financiar, tendría que tener una meta allí, pero no es que previamente estas metas sí o sí las debe tener, no, va a depender de lo que esté proyectado en el plan de desarrollo y que sea obviamente una necesidad y un enfoque al gasto público social.Además, la ley 152 incluye una alineación entre los tres niveles de gobierno, entre los tres planes de desarrollo a nivel nacional, departamental y municipal, pero no quiere decir que exactamente la meta se vuelva obligatoria, va a depender del contexto de las prioridades. Si hay metas que son necesarias discutir y priorizar en el plan de desarrollo, pero va a depender de cada contexto.


Se pueden consultar en Sinergia, sistema nacional de seguimiento y evaluación de resultados que también es de carácter constitucional. En Google, “Sinergia DNP”, van a encontrar los indicadores y metas del plan nacional de desarrollo actual, el histórico de los planes anteriores y también los sistemas de seguimiento que van dedicados al seguimiento al acuerdo final de paz y a los objetivos de desarrollo sostenible. Además, si se quiere ver cuáles son las metas, indicadores que en las cinco transformaciones tiene el plan y cómo está alineado eso con el proyecto de plan departamental y municipal, allí se pueden consultar.


La invitación es consultar la fuente oficial de esa información. Si son temas demográficos, asociados al censo, pueden consultar el DANE directamente; en Terridata, que también es una página de planeación que recoge de fuentes oficiales y las territorializa para cada municipio y departamento. Efectivamente, hay que tener en cuenta que varios indicadores sí tienen el cálculo con un año de rezago, entonces como estamos en 2024, seguramente todavía no están disponibles, se está procesando aún la información de 2023. Si vemos que en algún aspecto es necesario, porque más allá de tener todas las cifras de 2023 lo importante es que si vemos algún aspecto, un tema donde retiramos información y no está actualizada, recurrir a registros administrativos que tenga la propia entidad territorial, por ejemplo, si es con el tema de salud, con la Secretaría de Salud; educación, con la Secretaría de Educación para tener información más actualizada si no encontramos dentro de las cifras una información más reciente.


Desde el módulo de seguimiento que vamos a tener en la herramienta conocido como KPT, lo que se hace es ayudar a que la administración pueda organizar y programar sus metas físicas y financieras. El DNP como tal no realiza una evaluación; lo que se hace es que la misma administración, con un instrumento de seguimiento que es el plan indicativo, proyecta a partir de las metas que dejó en el plan plurianual en la parte financiera, cuál será el avance físico y financiero año a año del plan. Con ese plan indicativo se realiza el seguimiento tanto por la propia administración, el departamento, y es lo que el DNP también revisa, y se hace un cálculo de la eficacia de ejecución de ese plan de desarrollo que corresponde a eso programado con lo que efectivamente se va ejecutando. Es un proceso de seguimiento que le ayuda a la administración a incorporar dentro de sus propios ejercicios rutinas de seguimiento de la ejecución sobre la marcha, que pueda tomar medidas correctivas. La intención del DNP es que la administración pueda tomar elementos en su concejo de gobierno que le permitan anticiparse, tomar correctivos y que si una meta va rezagada en la ejecución con los hitos que ya planteamos en el plan indicativo permita tomar decisiones para mejorar las acciones en esa meta desde el plan de acción. Además, se saca un cálculo de eficacia el cual la misma administración la puede realizar de acuerdo con su mismo avance del plan de desarrollo.


La recomendación es que la entidad territorial cumpla con los tiempos establecidos en la ley 152, es decir entregue al CTP que esté conformado el documento del plan para que ellos inicien el proceso de concepto. Sin embargo, bajo el entendido de que el CTP es una instancia que tiene funciones durante todo el gobierno territorial, es fundamental que la entidad territorial, si no lo hizo durante los dos primeros meses, inicie el proceso para conformar su concejo de planeación. Luego de que el concejo haga el concepto, cada seis meses debe hacer otro concepto de seguimiento al plan de desarrollo territorial. Entonces, la entidad territorial debe entregar el documento al CTP tal como esté conformado y, en simultáneo, lo más rápido posible, iniciar el proceso de convocatoria pública para conformar a la totalidad del CTP. El DNP hace una interpretación de la norma y establece que ustedes, como entidad territorial, deben entregar o radicar el plan de desarrollo territorial a asambleas y concejos a más tardar el último día de abril. Intenten surtir ese proceso participativo antes de la fecha límite. Lamentablemente, la ley 152 no establece un caso puntual como lo plantea la pregunta


Efectivamente, cualquier decisión sobre gasto público tiene una determinante, el catálogo de inversión pública, conocido también como catálogo de la MGA. Tanto para proyectar las metas del plan de desarrollo como para proyectar la inversión en términos de proyectos específicos, ya sea un acueducto, alimentación escolar, etc., se cuenta con un catálogo estandarizado. Este tiene unos sectores de gasto que, si los mismos concejos de planeación lo quieren consultar, pueden buscar en Google "ayudas MGA". Luego, al abrir la página correspondiente, en la parte inferior encuentran "catálogo de productos", un Excel bastante amplio. La primera columna que encuentran es "sector", donde están tanto los sectores de gasto nacional como del nivel territorial. En las columnas hacia la derecha encuentran una que dice "aplica a territorio". Al filtrar y seleccionar "sí", solo se desplegarán los que aplican a territorio. Allí encontrarán sectores de gasto a nivel territorial y cada sector tendrá programas, productos e indicadores. Efectivamente, esos son los productos que hoy en día pueden ser objeto de gasto en la inversión pública.


La recomendación es revisarlo. Pueden entregar incluso el concepto antes, señalando que nos están entregando un documento que no cuenta con todas las partes que dice la ley. La invitación es entregarlo completo. Obviamente, los tiempos van cambiando, pero si ya lo revisaron y no está completo, informen a la administración de inmediato. La invitación también a las administraciones es ir depurando. Si hay cosas que van concretando, como por ejemplo metas que en algún momento no las incluyeron, darlas a conocer al concejo mientras ellos están haciendo el concepto, para que eso no sea una de las faltantes que estén en la revisión que ellos hagan.


Verificar si el CTP fue renovado, lo cual es responsabilidad de la entidad territorial. Esta debió abrir convocatoria pública, renovar la mitad del concejo y designar los nuevos consejeros mediante acto administrativo. Si el paso anterior ya se surtió, el concejo mismo debe organizarse para elaborar este concepto. En ese sentido, cualquier consejero, suponiendo que la mesa directiva no esté todavía elegida, puede solicitar información de los miembros de la totalidad del concejo y solicitar una reunión para iniciar con su función de conceptuar el plan de desarrollo territorial. En caso de contar con mesa directiva, esta sería la principal encargada de reactivar este concejo de planeación.


En los municipios PDET aplica la misma normativa vigente, es decir, la ley 152 para el tema de plan de desarrollo territorial. Bajo este entendido, los CTP tienen la función de hacer seguimiento a las metas, objetivos, programas y proyectos que se financien con el SGP. En cuanto al tema de regalías, el CTP no tiene una función específica, pero la normativa sí nos habilita para que, como miembros del CTP, podamos participar en los comités consultivos de regalías. El CTP hace seguimiento a todo el plan con todas sus fuentes. Hay énfasis importantes a nivel normativo sobre seguimiento al SGP porque tienen una destinación específica, pero con las otras fuentes también es pertinente. Todas van a estar vinculadas como inversión al plan de desarrollo, entonces igual son objeto de seguimiento del CTP.


Es un vacío en la norma. La ley 152 establece los tiempos, pero no nos dice sobre los contenidos mínimos que deberían ir en esta versión del plan de desarrollo que entrega la entidad territorial al CTP. Si la entidad territorial radica el documento, cuenta como si lo hubiese entregado. Recomendación: Si usted como concejo ya identificó que no viene completo, haga su concepto lo más pronto posible, devuélvalo y, aunque no está en la ley 152, hable con la entidad territorial y pregunte: ¿Por qué me entregó esto así? ¿Qué falta? ¿Cómo hacemos para cumplir este proceso participativo que debemos surtir para la elaboración y aprobación del plan de desarrollo territorial? Resulta muy bueno abrir un espacio de presentación de ese concepto, entrar en diálogo y señalar qué efectivamente reconocen como positivo, cuáles son los vacíos que se presentan y que sobre eso lo sustancial del proceso es que la administración pueda tomar también correctivos para mejorar y cualificar ese plan de desarrollo. No irnos solamente a la formalidad de si se presentó o no, sino abrir el espacio.


No se cuenta con una cartilla precisamente porque el concepto que hacen los concejos de planeación depende de la forma, estructura y contenido que venga en el plan de desarrollo territorial. Sin embargo, las recomendaciones generales se encuentran en el aplicativo SISPT. Además, se cuenta con una guía que diseñó el DNP para CTP, “El rol de los concejos de planeación en la elaboración de los planes de desarrollo territorial”, allí encontrarán información útil, la cual se les hará llegar.


El plan plurianual no va a nivel de proyecto, está a nivel de programa y en este caso, como lo proyectan los municipios y departamentos, va a nivel de la línea o eje estratégico del plan de desarrollo. La desagregación irá mínimo a nivel de programa, pero a nivel de proyectos no es obligatorio tener el plan plurianual. Pueden señalar en el plan de desarrollo cuáles van a ser esos proyectos estratégicos. Por ejemplo, si se tiene como prioridad un acueducto que va a tener un peso importante en la inversión, en el plan de desarrollo se tendrá que señalar que esa inversión se realizará en una o dos vigencias, pero no necesariamente tiene que ser específico el recurso. Esto porque los proyectos no están necesariamente ya formulados, por lo que no se cuenta con el costeo financiero presupuesto a detalle que permita decir específicamente este va a ser el presupuesto con el que se va a ejecutar ese proyecto. Por eso, no va a nivel de proyecto.


La recomendación es entregar el documento al CTP lo más pronto posible. El 29 de febrero se debe entregar el documento al CTP, quienes tienen un mes, hasta el 31 de marzo, para hacer ese concepto. Una vez recibido, se cuenta con un mes más para incluir sugerencias y/o ajustes en el plan de desarrollo territorial. Este periodo de tiempo termina en el último día de abril. Otra recomendación es surtir el proceso de participación ciudadana y de planeación participativa.


Las audiencias del PPI están asociadas con el estatuto de la oposición. Las audiencias a nivel departamental deben ser en cada municipio y, a nivel del municipio, de acuerdo con cómo esté dividido el municipio. Sabemos que hay muchas limitaciones para que se puedan hacer en todos los municipios, pero si se pueden hacer audiencias subregionales o provinciales para que asistan esos diferentes municipios a esas audiencias del PPI. La idea no es hacerlas virtuales. No tenemos limitación para hacerlas. Si en algún caso esto pudiera pasar, lo que se hace es buscar la forma de que la audiencia que se esté realizando en un municipio, una provincia o una subregión se pueda transmitir por alguno de los canales que tenga la administración departamental o municipal para que mucha más población pueda escucharla y participar en ella.


No es vinculante, no es de obligatorio cumplimiento incorporar en el plan exactamente lo que esté pidiendo el concejo. Lo que sí debe ser obligatorio es responder a esas observaciones que está haciendo el concejo de planeación, es decir, que podamos desde la administración tener también un espacio para contestar y responder al concejo porque algunas de las recomendaciones no se incorporaron o porque sí se incorporaron. Vinculante es aquello que se termine considerando pertinente, que objetivamente debe estar incorporado. Generar espacios para que la administración pueda responder.


La ley 152 establece unos sectores mínimos que deben tener asiento en el CTP. Son cinco (5) sectores obligatorios, pero tampoco dice el número de representantes por sector, únicamente los sectores que deben tener asiento. Entonces, esa autonomía de la entidad territorial permite abrir sectores adicionales, en este caso de minorías étnicas, y también definir el número de representantes que deben hacer parte de la instancia de planeación.


Si hay entidades territoriales en este espacio, es fundamental que ustedes designen a los consejeros de planeación mediante acto administrativo. Si no lo han hecho, háganlo porque esto facilita la memoria institucional y que el nuevo mandatario, así como ustedes mismos, puedan trabajar de manera más fácil con sus CTP. ¿Qué debe tener el acto administrativo? Nombre del consejero, sector que representa y tiempo por el cual es designado. Entonces, efectivamente, si fuiste designado al 29 de febrero, tu rol como consejero tiene una vigencia de 8 años. Lo ideal es que toda esta información quede en el acto administrativo. Además, si usted en su entidad territorial no tiene acto administrativo y no tiene información sobre la totalidad del consejo, hágalo. Regístrelo, diga: “Mi consejo territorial de planeación está conformado por 10 representantes: 2 del sector mujeres, 2 del sector social, 2 del sector económico, etc.” Hagan esa gestión documental para que realmente se faciliten los procesos de planeación participativa frente al CTP.


De acuerdo con la norma, está el concepto semestral en el que deben hacer seguimiento al plan de desarrollo territorial. Hay muchos eventos también en los que es importante que los consejos estén articulados y participen. Tenemos en mente dos: El plan nacional de desarrollo establece la importancia de revisar, ajustar y modificar la ley 152 del 94, precisamente porque hay aún muchos vacíos y muchas dudas sobre el funcionamiento de los consejos de planeación. Por otra parte, está también el reto de hablar sobre el sistema nacional de planeación. Entonces, son múltiples apuestas que, además de las ya consignadas en la norma, atañen a los actores de la planeación participativa y a los consejos de planeación como actores fundamentales.


Orientaciones para el uso de información demográfica, geoespacial y de ordenamiento territorial en la formulación de los PDT

Las encuestas tienen una limitación en términos de disgregación que posiblemente hacen difícil el poder llegar a todos los indicadores del Sistema Estadístico Nacional a nivel territorial.
El DANE es conocedor de los limitantes que tienen las encuestas por ello están trabajando en metodologías que permitan obtener información que no se necesite esperar cada 10 años a censo nacional de población y vivienda o al censo económico para producir información a nivel territorial.
Los censos son limitados en el sentido de que no son oportunos.
Es muy difícil para un territorio obtener indicadores eso indicadores a nivel de su municipio en particular.
Revisar si el municipio en particular este contenido en la encuesta de calidad de vida, como también en la gran encuesta integradora de hogares. El DANE está realizando esfuerzos para involucrar metodologías de estimación de áreas pequeñas que permitan obtener algunos indicadores para los 1.122 municipios del país.


En la página web del Sistema de Planeación Territorial se encuentran unas orientaciones que fueron construidas entre el DNP y el MinTic de aplicabilidad territorial para la respectiva formulación de los Planes de Desarrollo Territorial.


En el correo electrónico contactenos@igac.gov.co se puede solucionar cualquier duda que se tiene respecto a las plataformas, asimismo dentro de las mismas, hay tours guiados y demás información que puede ser de ayuda como guía para su correspondiente uso.


Desde el 2018 la gran encuesta integrada de hogares-GIH se incluye la identificación de la orientación sexual y la identidad de género. Es la encuesta más grande del país, hace entregas mensuales del mercado laboral y ella se puede consultar toda la información sobre mercado laboral de la población LGTBIQ+.
Además, se cuenta con acceso a información adicional, en encuestas como la de convivencia y seguridad ciudadana, de uso de sustancias psicoactivas, de uso de TIC hogares, como también en una publicación de un estudio sobre hogares en donde residen parejas del mismo sexo, en donde se identificaron 48.000 parejas, la información se encuentra disponible en la página web de DANE.


Indicadores de producto, los cuales son los mismos que se encuentran en el catálogo de la metodología general ajustada, la cual se puede descargar desde la página web del DNP.
Indicadores de resultados, la cual no se encuentra para descarga pública, sino para la descarga de todos los usuarios administradores, líderes o miembros del equipo territorial que ya tienen acceso al Sispt, una vez hayan ingresado pueden descargar la información correspondiente.


Minvivienda realiza el acompañamiento a los municipios que están iniciando su proceso de actualización a los planes de ordenamiento territorial, importante el rol de la subdirección de asistencia técnica de tal Ministerio.
Además, el Minambiente, Minagricultura, Unidad del Planeación Rural Agropecuaria brindan también acompañamiento. Desde el DNP, se maneja la articulación con la escala subregional, interacción y apuestas de planeación, además la articulación con apuestas y transformaciones de ordenamiento territorial que propone el Plan Nacional de Desarrollo.


Tiene que ver con unos indicadores que se han seleccionado en relación con datos demográficos y poblacionales, es información vinculada por ejemplo con temas de tasas de fecundidad, tasas de mortalidad, migración, movilidad interna, variables demográficas, el cómo divide la población por edades, porcentaje de niños, jóvenes, adultos mayores, entre otros.


La participación plena y efectiva de los pueblos indígenas en los Planes de Desarrollo Territoriales

Decir además que la consulta previa del Plan Nacional de Desarrollo fue un trabajo de construcción conjunta, el diálogo con los pueblos indígenas alimentó no solamente las bases sino el articulado y definió unos compromisos específicos, allí participaron actores claves, actores territoriales, por ejemplo autoridades indígenas del sur occidente de Colombia, el consejo territorial de cabildo de la sierra nevada de Santa Marta, el consejo regional indígena del Cauca, las diferentes organizaciones que hacen parte de la organización nacional indígena de Colombia, la mesa indígena del Chocó.
Ir a actores institucionales que son claves en el diálogo para la formulación de planes de desarrollo municipal y departamental, ahí hay compromisos en materia territorial, en materia ambiental. Hoy podemos decir que difícilmente podríamos pensar un desarrollo territorial que no tenga en cuenta la agenda ambiental en la sierra nevada de Santa Marta, por ejemplo.
Hay compromisos en materia de salud, compromisos en materia de justicia, que esos actores que hacen parte de las instituciones, de los procesos organizativos de los pueblos en los territorios conocen y deben también hacer el trabajo de articular en el diálogo con las autoridades departamentales, con los alcaldes, con los gobernadores, con las diferentes secretarías en un diálogo lo más interseccional, lo más coordinado posible para pensar también en clave de la planeación porque los pueblos indígenas han hecho una planeación que debe ser tenida en cuenta en este ejercicio de formulación.


Estamos abordando derechos fundamentales, por lo menos dos (2) derechos tienen los pueblos indígenas:

Por un lado, el derecho a la participación plena y efectiva.
Por otro lado, el derecho a controlar y a decidir las prioridades frente a su desarrollo.
Nuestra condición como sujeto colectivo de derechos así lo ha determinado la Corte Constitucional en múltiples jurisprudencias.
Además, precisamente ha sido la Corte Constitucional la que ha establecido que el mecanismo o el medio judicial idóneo para que los pueblos indígenas podamos reclamar, exigir, reivindicar jurídicamente nuestros derechos, en este caso a la participación y al desarrollo propio, es la acción de tutela consagrada en el artículo 86 de la Constitución Política.
Entonces, si en algún municipio o departamento no se permite ningún nivel de participación, los pueblos pueden acudir a la acción de tutela para solicitar la protección de este derecho y garantizar los espacios para la participación plena y efectiva de los pueblos en el marco de la elaboración de los Planes de Desarrollo Territoriales.


Los acuerdos están distribuidos en un contenido importante:

Más de 150 acuerdos de alcance nacional.
Cerca de 60 acuerdos con alcance en la región amazónica (específicamente con la mesa regional amazónica).
Cerca de 20 acuerdos dirigidos con alcance específico en la sierra nevada de Santa Marta.
El primer elemento es que todas las partes conozcan los acuerdos, tanto las entidades territoriales, las entidades del gobierno nacional como los pueblos, comunidades y organizaciones indígenas.
Conociéndolos y empoderándonos de los mismos, se pueden construir rutas bajo el principio de realidad.
Es necesario que haya una alineación entre el Plan Municipal de Desarrollo, el Plan Departamental de Desarrollo y el Plan Nacional de Desarrollo.
También se deben mejorar las capacidades técnicas y organizativas de los pueblos indígenas, y la adecuación institucional de las entidades territoriales, para que todos comprendamos que la postura de los pueblos y comunidades indígenas permite ventajas comparativas para resolver necesidades estructurales de la comunidad.


Existen diferentes mecanismos de participación plena y efectiva. La consulta previa es uno de ellos.
En el caso del Plan Nacional de Desarrollo, esa participación plena y efectiva se garantizó a través de una consulta previa.
El convenio 169 de la OIT habla de participación, y esta puede definirse y concertarse entre los pueblos y sus procesos organizativos a nivel territorial de diferentes maneras.
Es importante que sea un diálogo que realmente incorpore las propuestas de los pueblos indígenas, sus visiones y apuestas, y no solo una socialización por parte de las autoridades departamentales y municipales.
La participación plena y efectiva consiste en que haya acuerdos, que estos se reflejen en el Plan de Desarrollo y que respondan a la visión de desarrollo de los pueblos indígenas.


De acuerdo a nuestros usos y costumbres, el diálogo debe ser conforme a la vida en toda su extensión, no solo de los humanos, sino también de la naturaleza y su entorno. Esto es innegociable.
En el marco de las consultas previas, es importante la visión integral de los pueblos indígenas que incluye proteger a la Pachamama.
Es necesario realizar cambios normativos, como en la Ley 715, ya que en varios territorios no se permite invertir adecuadamente y, siendo municipios de sexta categoría, los recursos son limitados para resolver cada uno de los aspectos prioritarios de los pueblos y para la protección de la Pachamama.


Proyectos estratégicos regionales y asociatividad territorial en los Planes de Desarrollo Territorial

Aunque se mencionan tres elementos, me concentraré en uno particularmente relevante: la legitimidad de los procesos.
La legitimidad se consigue a través de la vinculación de la comunidad. Las administraciones y las gerencias pasan, pero la comunidad, la academia y otros actores permanecen. Por ello, uno de los mayores logros es el sistema de registro de esquemas asociativos, el cual debe abrirse al público para garantizar transparencia.
En regiones con comunidades étnicas, es fundamental que su participación sea efectiva y que tengan incidencia en los planes estratégicos. Es necesario promover escenarios abiertos donde la comunidad pueda participar plenamente.
Además, es clave incluir a la comunidad en la formulación de estos planes y en la identificación de hechos de interés conjunto a nivel regional, metropolitano o subregional. La participación comunitaria es un desafío y un objetivo esencial en estos procesos.


En el balance de las apuestas estratégicas, se observa que en la mayoría de las Regiones Administrativas de Planeación (RAP) conformadas, los ecosistemas estratégicos son un eje transversal.
Estos planes también incluyen la sustentabilidad ambiental, la seguridad alimentaria, el abastecimiento alimentario y la logística para garantizar la competitividad. Además, buscan resolver derechos económicos, sociales y culturales de las comunidades vinculadas.


Se pueden consultar escribiendo "kit asociatividad territorial" en internet, lo cual remite a herramientas que permiten:

Analizar visores funcionales de los esquemas territoriales.
Identificar apuestas en intercambios de servicios y temas ecosistémicos.
Además, en el Sistema de Planeación Territorial (SISPT) utilizado por las alcaldías, está conectada esta información con el kit de asociatividad territorial.
Para preguntas específicas o consultas directas, se puede escribir al correo asociatividad@dnp.gov.co.


Sistema Integral de Bienestar Familiar

Se deben considerar las posibilidades de cofinanciación que tenga la entidad territorial.

Transferencias:
Alinear el plan de desarrollo municipal con el departamental y nacional.
Identificar proyectos respaldados por convenios con vigencias futuras.
En ausencia de convenios, proyectar fases iniciales con recursos propios y posteriores con cofinanciación.
Donaciones:
Si hay convenios existentes, incorporarlos.
Si no hay certezas, tratar las proyecciones con cautela.
Recursos aleatorios:
Reconocer que no siempre serán viables, por lo cual se debe priorizar la certeza de ejecución en las proyecciones.


Una audiencia pública requiere cumplir con ciertos pasos clave:

Tener una metodología preestablecida y publicada con antelación.
Divulgar la información que se va a trabajar para que la ciudadanía llegue informada.
Establecer una agenda clara con tiempo para la participación ciudadana.
Redactar un acta que registre la discusión y publicarla.
Realizar la audiencia antes de la aprobación formal del plan, idealmente lo más pronto posible dentro del proceso.


Identificar problemas clave y vincularlos con el enfoque estratégico del plan.
Detallar los recursos disponibles y las inversiones obligatorias.
Asignar presupuesto a obligaciones normativas y luego focalizar recursos hacia los proyectos estratégicos.
Medir resultados en términos de impacto en la población (e.g., niños conectados a escuelas) en lugar de solo indicadores físicos (e.g., kilómetros construidos).
Priorizar inversiones que generen mayor valor público, basadas en el impacto real sobre la comunidad.


Plan Plurianual de Inversiones

La Ley 358 permite que los créditos se usen para financiar gastos de inversión, especialmente en inversión física que beneficie a la sociedad de forma sostenible.

Los créditos para capitalizar fondos que otorguen préstamos a personas específicas no son recomendables, ya que no se consideran recuperables ni útiles para el bien común.
Se debe evaluar la capacidad financiera de la entidad territorial antes de adquirir créditos.
La Procuraduría recomienda desembolsos programados para evitar altos costos de intereses.


Sí, es posible, pero se recomienda priorizar indicadores primarios porque abarcan un rango más amplio de objetivos. Por ejemplo, si el producto es "vías terciarias mejoradas", el indicador primario abarca todas las mejoras posibles, mientras que un indicador secundario como "construcción de alcantarillas" sería más limitado.


No es necesario incluir las especificaciones de los recursos del Sistema General de Participaciones (SGP) en los planes de desarrollo. Es suficiente con indicar que se cumple con las normativas vigentes. Lo importante es que la entidad territorial asegure que los gastos de inversión sean financiables según los componentes del SGP.


No, estos recursos tienen una destinación específica constitucional para los planes de vida de las comunidades indígenas y no pueden usarse para financiar gastos de inversión del plan de desarrollo de la administración municipal o departamental. Los resguardos indígenas certificados ejecutan estos recursos directamente; en los no certificados, la administración los gestiona, pero no forman parte del presupuesto de la entidad territorial.


Elaboración y análisis de indicadores de resultado y producto

Sí, es posible incluir indicadores que no estén en la batería de SISPT. Para ello:

Accede al tablero de control de SISPT.
Usa el botón de "Propios".
Completa los campos requeridos, definiendo claramente la motivación del indicador y su línea base.
Esto permite que las entidades territoriales registren y gestionen indicadores que consideren relevantes para sus necesidades específicas.


Al registrar un indicador en SISPT con su línea base y características, este se considera parte del seguimiento del plan de desarrollo del municipio. No se especifica un tiempo exacto de respuesta, pero el proceso permite evaluar y hacer seguimiento a los indicadores desde su incorporación.


En el SISPT:

Selecciona el instrumento de planeación (Plan de Desarrollo Territorial).
Ingresa al tablero de control y selecciona "Indicadores de resultado".
Tutoriales en YouTube de SISPT explican este proceso en detalle.


La armonización ocurre a nivel de indicadores de producto. No hay indicadores de resultado parametrizados en MGA.

La interoperación entre las plataformas se realiza mediante servicios automatizados, no por Excel, garantizando la actualización continua basada en los datos cargados en MGA.


La batería de indicadores de SISPT se basa en múltiples fuentes (Terridata, PND, sectores). Sin embargo, algunas áreas pueden carecer de indicadores debido a limitaciones conceptuales o de datos.

Se recomienda usar el módulo de creación de indicadores propios en SISPT para incorporar métricas relevantes con línea base y capacidad de medición.


Los indicadores de resultado se vinculan a líneas estratégicas para medir grandes transformaciones.

El SISPT permite asociar indicadores de producto a cada resultado.
Las actividades detalladas pertenecen a los proyectos de inversión pública, no directamente al plan de desarrollo, pero están relacionadas en la cadena de valor.


El catálogo de productos es parte del Presupuesto Orientado a Resultados (adoptado en 2015).

Está respaldado por artículos de los Planes Nacionales de Desarrollo (por ejemplo, artículo 148 de 2015).
También figura en el Decreto 1082 y otras normativas que regulan la integración y uso de bancos de proyectos y herramientas de planeación territorial.


Se implementó el “Plan Blindaje” para evitar la inactivación de productos utilizados en planes de desarrollo.
Solo se agregaron productos nuevos o se activaron productos nacionales para su ámbito territorial.
No hubo cambios significativos que afecten los productos existentes.


La temporalidad en estos productos depende del beneficiario. Aunque un producto pueda usarse en múltiples administraciones, el beneficiario no siempre será el mismo, lo que define su carácter temporal.


El SISPT permite incluir los PISCC como parte de los planes de desarrollo territorial.
Aunque los PISCC incluyen indicadores de productos, su esquema conceptual difiere y no utiliza una batería de indicadores de resultado predefinida.
Se recomienda trabajar de la mano con la Policía Nacional para integrar estos planes en SISPT


Los corporados en el proceso de Planes de Desarrollo Territorial

Una vez aprobado y sancionado el plan de desarrollo:

Revisar si se requieren modificaciones presupuestales viables desde el punto de vista técnico y financiero.
Usar herramientas como el informe anual del mandatario territorial, el control político y la rendición de cuentas para evaluar avances y detectar áreas de mejora.
Garantizar la participación ciudadana en el proceso de rendición de cuentas, más allá de las entidades de control y corporaciones.


Cualquier proposición debe ser concertada con la administración municipal o departamental.
Las propuestas se discuten en comisión o plenaria y deben ser viables tanto técnica como financieramente.
No se deben incluir cambios que no hayan sido contemplados en el programa de gobierno ni en los procesos participativos previos.


El concepto del CTP es obligatorio y debe formar parte del plan de desarrollo presentado.
Si no está incluido, la comisión encargada debe solicitarlo al alcalde.
La ausencia del concepto podría constituir un vicio de forma, aunque su trámite puede continuar según la Ley 152 de 1994, que exige la convocatoria del CTP, pero no su pronunciamiento.


No.

Todo el proceso relacionado con el plan de desarrollo es público.
Las sesiones pueden incluir al CTP y a la comunidad, según lo establecido por el reglamento interno de la corporación.


El presupuesto vigente fue aprobado por el consejo municipal anterior.
Las modificaciones o ajustes solo se pueden realizar después de adoptar el nuevo plan de desarrollo y someterlo a consideración de la corporación.


No.

Las armonizaciones presupuestales deben ser aprobadas por los consejos municipales o asambleas departamentales.
La Corte Constitucional ha establecido que delegar estas funciones viola el artículo 45 de la Constitución Política.


Control político: a través de cuestionarios, citaciones y análisis en comisiones o plenarias.
Normatividad: leyes como la 136 de 1994 y la 1551, junto con el artículo 312 de la Constitución, otorgan facultades para verificar el cumplimiento de metas y objetivos.


El proyecto debe referirse a una única materia. Si no cumple este requisito, debe modificarse y ajustarse para garantizar la coherencia temática.


Los anexos necesarios incluyen:

Conceptos de la CAR y el Consejo Territorial de Planeación.
Exposición de motivos y documentos que fundamenten el plan.
La recomendación es vincular a sectores y comunidades para responder inquietudes y asegurar la coherencia con el programa de gobierno.


Los Concejos Municipales en el proceso de formulación y aprobación de los PDT. Preguntas y Respuestas

articularmente en el tema de lo que tiene que ver con las facultades, quisiera rememorar épocas cuando iniciaban mis procesos como concejal y veía que era muy claro que los alcaldes dentro de los presupuestos incluían temas de facultades que siempre generaban discordias, debates y discusiones al interior de la corporación, fue una lucha denodada de todos los concejales por retirar de este proyecto, estas facultades y al fin se logró que la gran mayoría de los alcaldes del país reconocieran que no deberían ir allí. De igual manera, entonces ahora vemos reiteradas facultades incluidas dentro del plan de desarrollo que es la herramienta que están tratando de implementar los alcaldes para obtener de la corporación estas facultades, si bien es cierto antes no había ninguna jurisprudencia, sentencias frente a algún particular en la entrega de las facultades de manera abierta como se entregaba anteriormente, ya las jurisdicciones contencioso administrativa, la corte constitucional, el consejo de estado han venido regulando la manera tan abierta, tan explícita como los consejos la entregaba, en ese orden de ideas surgió la sentencia C-036 de de febrero del 2023 que puso freno total al tema de la entrega de facultades de manera abierta porque recordarán los concejales que las facultades tienen sí o sí dos condiciones máximas las cuales son que deben de ser pro-tempori y que deben de ser precisas y en ese orden de ideas la corte constitucional claramente al decretar la inexequibilidad de unos artículos de la ley 2200 de 2022 que es el régimen departamental incluyó allí la inexequibilidad del artículo 19 y otros artículos más de esta misma ley donde lo declaró inexequibles en el sentido de que las asambleas estaban entregando facultades a los gobernadores y la corte constitucional dijo en la sentencia que esta tendría alcance territorial, en ese orden de ideas se le aplicaría la misma sentencia a los entes territoriales. Entonces por ello es que hemos reiterado paulatinamente a las corporaciones públicas, a los consejos municipales frente al plan de desarrollo, retirar de este proyecto de plan de desarrollo las facultades que estén allí inmersas para lo que tiene que ver con las modificaciones a los presupuestos, porque si bien es cierto, están pidiendo una facultad para armonizar el presupuesto de la vigencia 2024 con el plan de desarrollo municipal habrá que hacer un desglose de qué es una armonización, entonces recuerden que la vigencia del presupuesto del año 2024 estaba determinada para cumplir metas del plan de desarrollo de la anterior administración, inmediatamente entre a operar este nuevo plan de desarrollo habrá que hacer una liquidación de presupuesto de esa vigencia 2024 y de entrar a armonizarlo con el tema del plan de desarrollo que se va a aprobar, en estas instancias que está en trámite en las corporaciones, si bien es cierto habrá que hacer la armonización pero es un tema que la ley 152 dice claramente que quien debe determinar o reglamentar esta armonización es la corporación pública, consejo municipal y se deberá hacer a través de un acuerdo municipal el cual nosotros desde CONFENACOL ya venimos trabajando en un proyecto de acuerdo para entregárselo a nuestros concejales para que lo puedan presentar, puede ser de iniciativa de los concejales o puede ser de iniciativa de los alcaldes. Estoy seguro que muchos de los alcaldes de pronto no tienen ni siquiera idea del proyecto de acuerdo de la armonización porque ellos buscan a través de este mecanismo que los consejos se desprendan de su facultad que viola todo principio constitucional como lo dijo la corte constitucional en esa sentencia C-036 de 2023. Entonces la recomendación concejales que nos escuchan, personas que están en el tema de la administración es pedirles que para no generar unos vicios de invalidez de estos artículos solicitados por los alcaldes generen esos vicios de invalidez, se le pide o se le aconsejan a los consejos municipales retirarlos de los proyectos de acuerdo del plan de desarrollo, si bien es cierto el consejo municipal no puede modificar o mover algún tema que tenga que ver con plan plurianual con las metas, con los alcances de la elaboración del plan de desarrollo, el consejo municipal sí puede retirar del articulado del proyecto de acuerdo todas aquellas facultades o atribuciones que sean de la corporación pueden retirarlas sin necesidad ni previa autorización del alcalde porque son competencia del consejo municipal.


Para nosotros tener en cuenta el estudio del plan de desarrollo, la norma ha establecido que existen ciertos componentes que son de vital importancia, uno, para la construcción del plan de desarrollo, ¿qué se requiere? Nuestro programa de gobierno que presentó el señor alcalde al momento de inscribir su candidatura a la alcaldía, pero este no va como una rueda suelta sino que tiene que ir con otros componentes muy específicos que nos pueden llegar a garantizar el cumplimiento de todos estos objetivos, metas, propósitos, proyectos que yo estoy planteando dentro del mismo programa de gobierno y estamos hablando del marco fiscal de mediano plazo o también más aterrizados, el plan plurianual de inversiones, este componente presupuestal marca también la hoja de ruta del cómo nosotros vamos a darle cumplimiento efectivo a esas metas, recuerden que uno de los componentes es el plan de inversiones, nosotros tenemos una parte estratégica y un plan de inversiones, en este plan de inversiones es donde vamos a irnos más al detalle de cómo nosotros pretendemos financiar este tipo de proyectos, cómo nosotros vamos a hacer realidad el cumplimiento de estos objetivos, metas, propósitos, proyectos pero a su vez resulta que dentro de esos componentes también del plan de desarrollo existen unos que se llaman los planes sectoriales ¿qué son los planes sectoriales? Es esa concertación previa que ha hecho la misma administración dentro de cada uno de sus sectores, sector salud, sector educación, saneamiento básico, absolutamente todos los que comprenden la elaboración realmente de ese plan de desarrollo, entonces miramos que esos planes sectoriales llevan a que nos entreguen realmente un banco de proyectos o un banco de programas y proyectos también que deben estar en esas secretarías de planeación debidamente radicados para nosotros poder tener en cuenta si efectivamente existen o no existen, ahora eso es solamente la hoja de ruta, si nosotros nos vamos ya en ejecución de nuestro plan de desarrollo en nuestra puesta en marcha vamos a ver cómo poco a poco vamos a ir alimentando precisamente este banco de programas y proyectos. Elementos principales también, el plan de inversiones lo tocamos, sin lugar a duda como dijimos plan plurianual de inversiones y también el presupuesto aprobado anteriormente, un componente principal también el plan de ordenamiento territorial nosotros no podemos dejar sin efecto o dejar a un lado nuestro plan de ordenamiento territorial porque realmente esta es la política pública de mayor importancia para el desarrollo geográfico del municipio, otros dos componentes bastante importantes, el plan nacional de desarrollo recuerden que no podemos estar sueltos siempre una articulación con el plan de desarrollo nacional y el plan de desarrollo departamental, debe existir en el marco de la coherencia con estos dos planes llamémoslo de esta manera territoriales y lógicamente de esa forma es como nosotros podemos ya darle un estudio y un debate un poco más certero a nuestro plan de desarrollo. Existen otros dos componentes que los dejé de últimas por una razón, uno, el concepto del consejo territorial de planeación, resulta que la ley 152 ha establecido que efectivamente el consejo territorial de planeación debe de convocarse pero si el consejo territorial de planeación se convoca pero no se pronuncia frente al plan de desarrollo, quiere decir que este no es obligatorio para poder aprobarse o no, el plan de desarrollo se puede aprobar sin el concepto del consejo territorial de planeación pero sí existe la obligación de consultarse y el concepto de la CAR que efectivamente es otro concepto que a pesar de que puede considerarse como uno de los requisitos tampoco podemos hablar de que si no existe el concepto de la car o de la corporación autónoma regional competente pues no significa que no le podamos dar trámite. Han existido más bien muchas preguntas de nuestra organización en fenacon respecto a la temporalidad frente al momento en que se presentan los planes de desarrollo que han sido de manera extemporáneas nos han dicho, por ejemplo en Puerto Carreño Vichada nos dijeron lo presentaron el día 6, bueno no quiere decir de que sea ilegal realmente presentarlo, claro, la ley 152 contempla de que los mandatarios tienen los cuatro primeros meses para presentarlos, es decir tenemos hasta el último día del mes de abril para presentar el plan de desarrollo por el mandatario y dice la norma que nosotros tenemos 30 días como consejo municipales para poder aprobarlos o para podernos pronunciar frente al plan de desarrollo, a la adopción del plan de desarrollo de nuestro municipio, entonces ¿qué es lo que debemos hacer?, efectivamente darle trámite al plan de desarrollo, si ustedes lo consideran pueden o no convocar a la ciudadanía, aunque la ciudadanía ya previamente vimos que se ha pronunciado sí o no, si es el caso bajo el consejo territorial de planeación vimos que hubo una socialización y una debida convocatoria por parte de la misma administración ahora en caso de que no lo haya hecho puede constituir una omisión a un deber legal porque efectivamente es obligación de estos mandatarios locales de convocar a los consejos territoriales de planeación, entonces como ven estas son pequeñas fases que nosotros debemos de tener en cuenta al momento en que nos radiquen el plan de desarrollo en nuestra corporación, ahí ya procederemos a pasarlo a la comisión respectiva, a la comisión de plan, generalmente, siempre y cuando verifique en los reglamentos internos de los consejos municipales. Respecto a las facultades, recuerden también que esta es una facultad de orden constitucional y una facultad de orden constitucional que no es de ahorita, esto se viene realmente estudiándose esa palabra “facultades” desde la constitución de 1886 entonces cuando se habla de la temporalidad y de la precisión en las facultades cuando vemos en un plan de desarrollo todo genérico así que no hay precisión, y por esa razón siendo una facultad de orden constitucional nuestra, una atribución legal de los consejos municipales podemos claramente retirar esos artículos sin llegar a modificar algo de manera sustancial en los planes de desarrollo, ahí no los estamos modificando estamos simplemente retirando un artículo de facultad, razón por la cual es posible que nosotros lo hagamos de manera a moto propio.


Resulta que dentro del plan de desarrollo deben articularse las ejecuciones de los esquemas de ordenamiento territorial, los planes básicos de ordenamiento territorial de acuerdo a la población que tenga cada uno de los municipios porque recordarán que el cumplimiento de los esquemas y los planes básicos de ordenamiento territorial van a 12 años, entonces los consejos tendrán que revisar en qué momento de la ejecución del esquema o el plan básico de ordenamiento territorial está, mirar esas ejecuciones esos cumplimientos que se deben de dar en cada uno de los componentes y si están en el componente del cumplimiento del del corto plazo deberán incluir las ejecuciones de ese esquema de ordenamiento territorial en el plan de desarrollo para así, dar cumplimiento a ese acuerdo de los esquemas de ordenamiento territorial o los planes básicos, si están en el periodo de corto plazo que ya son 12 años, sería el segundo periodo de alcalde después de haber sido aprobado el acuerdo deberán incluir esas ejecuciones y sucesivamente, para el tercer período si el municipio cumplió con ese laxo de tiempo, están en mora de hacer un esquema de ordenamiento territorial nuevo, una revisión general de todos los componentes.


Para responder a esta pregunta es importante tener en cuenta que el plan plurianual de inversiones puede contemplar la posibilidad de financiar sus diferentes metas a través de diferentes fuentes, entre esas está el crédito, sin embargo que esté o que aparezca de manera indicativa en el plan plurianual de inversiones no es una obligación o no hace parte del proceso de aprobación que se apruebe también un empréstito y esta claridad es importante darla porque varias de las preguntas estaban también dirigidas a si dentro del plan plurianual o dentro del plan de desarrollo estoy contemplando un empréstito, ese lo estoy aprobando inmediatamente y hay que revisar que, primero, que todo en el articulado del proyecto de acuerdo de plan de desarrollo se haga esa separación, si dentro del acuerdo están pidiendo o solicitando la aprobación de un empréstito ahí perdemos la unidad de materia de nuestro proyecto de acuerdo por tanto, si se está probando dentro del articulado un empréstito debe retirarse del plan de desarrollo, pero ahora si dentro del plan plurianual de inversiones yo estoy contemplando la financiación del cumplimiento de mis metas mediante el crédito, la financiación vía empréstito eso no quiere decir que yo este probando inmediatamente un empréstito, estoy diciendo cómo en estos 4 años voy a financiar mi plan de desarrollo, por tanto no estoy aprobándolo inmediatamente si no que estoy contemplando la posibilidad de sacar ese crédito más adelante, empréstito que además debe pasar por discusión del consejo municipal, entonces tengan en cuenta que, número uno, debemos hacer esa separación en la unidad de materia, el proyecto de plan de desarrollo debe ser uno y si voy a sacar un empréstito, este no puede estar dentro de ese proyecto sino que debe ser otro proyecto completamente distinto y dos que si pueda haber o si se puede contemplar la financiación vía empréstito de cumplimiento de esas metas de plan de desarrollo en el plan plurianual de inversiones, sin que eso sea necesariamente una camisa de fuerza, pero si va a ser un sustento legal, técnico y financiero para poder solicitar ese empréstito ante el consejo municipal.


En este caso si es posible hacer esa modificación, recordemos que en el plan plurianual de inversiones todas las cifras que aparecen ahí aparecen de manera indicativa, quiere decir que no van a ser o pueden estar sujetas a modificación, en este caso hay que aclarar que solo el único que no se puede llegar a modificar o el cual ustedes van a ejecutar, va a ser el plan operativo anual de inversiones o el presupuesto anual que ustedes como concejales van aprobando a final de vigencia cada año para la vigencia siguiente, ese sí no puede tener modificación, sin embargo el plan plurianual de inversiones que es esta proyección a 4 años si va a tener unos momentos de actualización, dependemos también claramente de las condiciones económicas presupuestales e la situación también macroeconómica del país y hay diferentes factores que pueden llegar a afectar ese plan plurianual que en últimas termina afectando este marco fiscal de mediano plazo, entonces la respuesta a esta pregunta es, si se puede ir modificando si va cambiando el momento de eso, es los ajustes anuales que se le hacen al marco fiscal de mediano plazo, esos son los momentos en los cuales se va haciendo ese ajuste a nivel territorial y tener en cuenta que ese sí puede ir modificando, lo que no puede modificar es la aprobación presupuestal de la vigencia, eso si no se puede, no tendría esa modificación.


Aquí hay que hacer una claridad y es referente a primero, revisar esas facultades que ya se le habían dado anteriormente en si en esas facultades dentro del articulado aparece que se le dieron facultades, también para la armonización de plan de desarrollo de la vigencia siguiente, ahí tocaría confirmar esa información dentro del acuerdo y por tanto ya contaría con esas facultades para la armonización, pero ahora si es esas facultades que se le habían dado desde la vigencia anterior cumplieron más de 6 meses, también ahí tenemos un problema en términos legales ya que las facultades protempore solamente se pueden dar por un máximo de 6 meses y en esto, sí tenemos unas una serie de sentencias en este caso la sentencia del consejo de estado, esta es del 12 de abril del 2012, donde nos confirma que el máximo de tiempo para una facultad protempore para alcaldes va a ser de 6 meses, sin posibilidad de extensión, es decir una facultad se podría estar dando en términos de 3 meses y extenderla de pronto otros 3 meses pero máximo puede llegar a ser de 6 meses, por tanto aquí tenemos una situación y es si se dieron facultades desde el consejo anterior esos 6 meses por más que se hubieran dado el 31 de diciembre o a partir del primero de enero estarían terminando en el mes de junio, por tanto los tiempos de la armonización se verían ahí cruzados y segundo, en caso tal de que se quiera extender o se quiera dar facultades tendrían que revisarse si el tiempo durante la vigencia ya cumplió esos 6 meses y por tanto no podría extenderse más autorizaciones de facultades por parte del consejo, en ese orden de ideas tocaría revisar esos tiempos en los que se haya dado las facultades para armonización del presupuesto y lo ideal es que en temas presupuestales, como bien lo doce en la sentencia C-036 del 2023.
Importante revisar que las facultades presupuestales vayan en otro proyecto de acuerdo y no se pierda esta unidad de materia que ya contempla nuestro plan de desarrollo. Las preguntas estaban muy en el marco de los empréstitos de los créditos que quedarán dentro del plan de desarrollo. Además que el plan de desarrollo debe tener una unidad de materia y por tanto no puede estar inmerso los temas de empréstito y adicional, hay que sumarle la ley 1551 de 2012 que en su Artículo 18 parágrafo 4 que nos modifica la ley 1333 del 1986 nos dice que hay una serie de funciones del consejo, dentro de las cuales, solo el consejo puede aprobar donde estamos, tenemos empréstitos contratos de vigencia futuras en la generación y compra de bienes inmuebles en la generación de activos acciones y cuotas parte y las concesiones, entonces tener en cuenta que estas son facultades son del consejo y por tanto no pueden estar inmersas dentro de la aprobación del plan de desarrollo porque pierde su unidad de materia y deberían pasar por proyectos de acuerdo completamente distintos.


Desde la experiencia y desde la formación, que se le debe dar, esta que en efecto es realmente la aplicación del principio de planeación como lo ha definido en muchos pronunciamientos de los diferentes órganos de control, lo mismo que la corte constitucional y el consejo de estado, el plan de desarrollo es la expresión máxima de la aplicación de la democracia participativa, es aquí donde el ideal, donde la intención del pueblo queda plasmada a través de sus dirigentes, en este caso los concejales municipales, el alcalde municipal y por supuesto todas las autoridades del orden territorial, allí esos planes de desarrollo se tienen que estructurar bajo los principios constitucionales y legales que determina esos postulados, como está los fines esenciales del estado, donde se tiene que enmarcar dentro de la base de dos aspectos que he considerado, uno, es el legal que está enfocado en todas las tareas que están determinadas y en grupos vulnerables que tienen que ser claros ya están fijados y muchas veces la procuraduría general de la nación a través de sus controles de advertencia le dicen, oiga alcaldes no se le olvide incluir dentro de sus planes de desarrollo el tema de grupos vulnerables, equidad y género eh lgtbi entre otros. Entonces estos planes de desarrollo deben ir inmersos desde un punto de vista legal tan nítido que cuando se les pregunte a los señores alcaldes a los señores concejales ¿qué pasó en la discusión del plan de desarrollo que quedó por fuera determinado grupo vulnerable o determinada acción? Caso de víctimas, el caso de todos los sectores que allí deben de estar incluidos, entonces se mira desde el punto de vista de la regla o de la ley como tal y pero también desde el punto de vista de la intención del candidato que fue elegido a efectos de dar cumplimiento a través de sus diferentes estrategias como cumplimiento de obras públicas, el desarrollo de infraestructura vial, el desarrollo de agua potable y saneamiento básico, es allí donde tiene que estar totalmente definido, claro y entonces es necesario que exista una coherencia clara, lógica entre lo que usted como candidato elegido o como alcalde, registro allí en la registraduría nacional del estado civil para los que quieran saber porque muchas veces y generalmente ocurre en los consejos municipales que los concejales de oposición dicen es que el alcalde no me deja ver el plan de gobierno y resulta que si bien es cierto el alcalde no se lo entrega, hay veces por descuido, de pronto por omisión pero allí están, la registraduría, es allí donde pueden ir a revisar a qué fue lo que se comprometió ese alcalde y qué es lo que tiene que quedar plasmado en ese plan de desarrollo para que haya una coherencia y esto, ¿por qué es tan importante en el momento de elaborar ese ese plan de desarrollo? Porque si ustedes señores alcaldes, señores concejales que acompañaron en las correrías a los señores alcaldes, saben en qué se comprometió y al haberse comprometido pues está allí y tiene que haber esa coherencia, plan de gobierno versus plan de desarrollo y allí lleva inmerso, todo lo que se quiere hacer, Insisto importantísimo que se tenga claro lo que tiene que ver con la normatividad, toda la normatividad allí estipulada específicamente. Lo que insisto y lo que le ocurre por la experiencia como alcalde siempre que uno presenta el plan de desarrollo algo se le queda por fuera que es obligatorio, consejos de juventud o participación de infancia y adolescencia, son muchos temas y allí empiezan todos los órganos aquí el representante de los concejales a indaga, oiga alcalde, pero usted ¿por qué no está trabajando esto? Y ¿por qué no lo dejó en su plan de desarrollo? ¿por qué no adicional a esto en esa estructuración de ese plan de desarrollo? En esos debates que hace el consejo municipal es muy importante que al cumplir esto se quede de fácil ejecutabilidad y la fácil ejecutabilidad se logra cuando este plan de desarrollo cumple esas metas y cumple esos programas que se han planteado y se llevan allí a la armonización del presupuesto, por supuesto, al registro del banco de proyectos y que una vez inicia la ejecución, una vez es sancionado por el alcalde es publicado, inicia la ejecución de ese plan de desarrollo y empiezan las entidades, la secretaría de planeación a expedir los certificados del banco de proyectos como proyecto a ejecutar empieza el presupuesto a gastarse de conformidad al registro del banco de proyectos allí establecido, entonces inicia esa ejecución y queda muy fácil qué ocurre señores concejales, diputados y todos los que nos acompañan, en relación al incumplimiento de esta tarea, cuándo usted va a empezar la ejecución y la ejecución se hace a través de la contratación estatal, si allí no está previsto, no está claro esa certificación del banco de proyectos, sencillamente es un indicador que se está fallando en la planeación, no hay una debida planeación y por lo tanto ahí ya vienen unas primeras alertas o una mala ejecución, en sí es como las bases.


Este ejercicio del control político es una de las principales herramientas que tenemos desde las corporaciones públicas de elección popular, llámense consejos municipales, llámense asambleas departamentales o las mismas juntas administradoras locales, realmente cuando nosotros vemos el rango constitucional vemos que en el artículo 312 de la constitución política dice que los consejos municipales podrán ejercer control político y ese “podrán” a veces nos deja a nosotros como en el aire, podrán quiere decir que no es imperativo, no estoy obligado, que es facultativo por parte de la corporación ejercer control político, pero resulta que después cuando se aterriza en la ley 136, se dice que el consejo municipal ejercerá el control político sobre la administración y aquí empezamos con la primera tarea sobre ¿quién recae ese control político? Recae efectivamente sobre la administración, en general sobre los secretarios de despacho, sobre el alcalde, sobre cualquier funcionario público del municipio, sobre los mismos entes descentralizados, sobre el personero, sobre el contralor, sobre todo recae el control político que debemos de tener en cuenta que sean competentes realmente para resolver ese tipo de inquietudes, sobre las cuales nosotros vamos a ejercer el control político. ¿Qué mecanismos podemos utilizar nosotros para llevar a cabo un control político a través de la citaciones?, recuerden que podemos citar a cualquier funcionario de la administración excepto al alcalde, pero ese excepto, cualquiera de nosotros puede decir bueno efectivamente no se puede citar al alcalde y eso es un común denominador en muchos concejales del país de que no se puede citar al alcalde, pero curiosamente la norma sí nos ha dado, no a los consejos pero a la ciudadanía, una herramienta para poder citar al alcalde, de hecho y es el cabildo abierto a través de la ley 1757 e incluso nos da una potestad, también nos dice que si en caso de que sea renuente a asistir, eso puede constituir una causal de mala conducta, entonces como vemos hay mecanismos.
Las citaciones, claro que sí la misma ley 136 ha establecido que se debe hacer con no menos de cinco (5) días de antelación formularse un cuestionario escrito pero aquí entramos en un paralelo, ¿cómo y bajo qué mecanismo yo puedo hacer o realizar esa citación?, sí las citaciones, recuerden que deben de ser propuestas por la mitad más uno de los miembros de la corporación pública pero también entendemos que citamos, hemos ya mencionado una serie de funcionarios a los cuales se puede citar pero resulta que nos queda en el aire también las citaciones, si se pueden citar o no, por ejemplo a funcionarios del orden nacional, del orden departamental, si tienen sede en el municipio donde nosotros estamos ejerciendo nuestro control político, recuerden que ya no se trata de una citación sino una invitación porque a quienes podemos citar es realmente a los funcionarios de la administración, ellos no pertenecen a nuestra administración municipal, razón por la cual se hace, es una invitación pero curiosamente cuando nosotros vamos, investigamos un poquitico más a fondo nos aparece un artículo que nosotros en la federación lo llamamos “el artículo mágico” que es el artículo 40 de la ley 136 y dice que a través de una comisión permanente yo puedo citar a toda persona natural o jurídica y ahí no habla de que si es pública o privada realmente, entonces el hecho de poder citar a un contratista, por ejemplo, que está desarrollando una obra en nuestro municipio puede ser objeto de control político, claro que sí busquemos el artículo 40 de la ley 136 y miremos las condiciones especiales bajo las cuales se puede llevar a cabo ese tipo de citaciones por ejemplo que tiene que ser en una citación bajo una comisión permanente una de las condiciones dos que puede que va a ser en sesión especial, tres, aquí hay una particularidad bastante importante y es que a diferencia del artículo 36 que es el que habla del control político, de las citaciones a los funcionarios de la administración, dice que se debe de realizar el cuestionario escrito en el artículo 40. No porque ahí dice que puede para que rinda declaraciones orales o escritas, entonces es la forma en que nosotros vamos a llevar a cabo ese control político porque a través de ese control político es que nosotros vamos a poder verificar qué tanto el mandatario local o la propia administración está dando cumplimiento a toda esa parte estratégica que nosotros estamos aprobando dentro de nuestros planes de desarrollo y dentro de nuestros planes de desarrollo qué contempla la parte estratégica los planes sectoriales los diferentes programas proyectos y todo lo que nos mencionaba aquí nuestro doctor John del ministerio del interior efectivamente eh Esa es una de las formas en que nosotros podemos realizar ese control político y ese seguimiento además al cumplimiento de el plan de desarrollo hay un mecanismo bastante importante bajo el cual nosotros podemos hacer un seguimiento y es el plan indicativo porque es que es el plan indicativo a pesar de que inicialmente la norma lo contempló como cuatrianual es decir que cada 4 años deberíamos de llevarlo a cabo ese plan indicativo Pues resulta de que también ese se debe llevar es anual porque anualmente nosotros podemos hacer una evaluación de cómo va o en qué cumplimiento va efectivamente ese plan de desarrollo hay un artículo también de la ley 136 bastante importante que fue recogido por la misma ley 1551 del año 2012 que es nuestro régimen municipal y habla de que la administración deberá presentar un informe de su gestión en la primera sesión ordinaria de cada año y la primera sesión ordinaria en la mayoría del país en el 91 por ciento del país es el primero de febrero es decir el primero de febrero deben estar la administración presentándole un informe al consejo municipal frente a todas las gestiones realizadas hay un ejercicio también que se puede hacer y es cuando nosotros reglamentando las autorizaciones al alcalde para la celebración de contratos resulta que podemos claramente incorporar un artículo donde diga que pues al finalizar el periodo el término por el cual se le han entregado ese tipo de facultades que se rinda un informe al consejo frente a las gestiones realizadas caso típico de la de la misma ley 1551 donde dice le entregamos a los mandatarios la potestad para que ellos hagan una incorporación al presupuesto, cuándo celebre convenios con la nación, con el departamento o con entidades de cooperación internacional si la administración llega a celebrar ese tipo de convenios, sencillamente puede incorporarlo sin consultarle al consejo, puede incorporarlo por decreto pero resulta que la misma norma también dice que la administración tiene un mes para informarle a la corporación al consejo en este caso de tal situación de que él ha realizado esa incorporación para llevar a cabo un convenio con la nación con el departamento o con entidades de cooperación internacional otra característica principal del control político que debe ser inmediato, o sea vamos a aplicar el principio de inmediatez que es el que se aplica en las acciones de tutela y el principio de inmediación, el principio de inmediatez quiere decir que tiene que ser de manera oportuna no esperar a que pase siglos de los siglos, o esperar también a que se constituya ya un elefante blanco porque nosotros no ejercimos un control político eficaz sobre ese tipo de obra o proyecto o meta o algo que se esté cumpliendo o por el contrario atender algún tipo de problemática local antes de que se pueda convertir en algo mucho más grande lo vimos eh hace unos años en la pandemia no estábamos preparados y pues algunas administraciones también estaban con las manos abajo y también consejos no se pronunciaron frente a esto algunos sí otros sí llamaron a control político al secretario de salud y dijeron cómo vamos a atender esto en fin tiene que ser inmediato, esa es una de las principales características tiene que ser neutral nosotros no podemos simplemente por oposición que porque somos oposición vamos a ir a hacerle control político a la administración así de chéveres no me disculpa que yo hablo así de suelto pero no podemos simplemente llamar a la administración a control político a todos no podemos simplemente por oposición, no las bancadas también pueden ejercer control político, el estatuto de oposición nos contempla de que nosotros podemos realizar el control político pero hay que hacerlo, no por oposición realmente no porque seamos contrarios sino de manera neutral que es otra de las principales características que trae el ejercicio del control político y como esto podemos encontrar que la no atención a las citaciones puede dar lugar a una moción de observación para municipios que tengan población inferior a 25,000 habitantes o puede dar lugar a una moción de censura al secretario de despacho pero también eso es para la moción de censura para municipios superiores a 25,000 habitantes pero también trae una consecuencia muy grave.
Complementando a un poco más hay dos maneras de efectuar control político en las corporaciones públicas, la primera es la citación informes la citación a rendir informes está reglada por la ley 1551 del artículo 18 del numeral 2s, donde dice que los consejos pueden citar a rendir informes a cualquier secretario de despacho, al procurador al personero y también dice que el consejo puede citar a cualquier persona del orden nacional, municipal y departamental con incidencia en el municipio para que rinda esos informes, claro está que estas autoridades cuando las corporaciones las citan a rendir informes pues no están obligadas y muchas veces le dicen al consejo no puedo porque tengo una reunión porque tengo que estar en consejo de gobierno, esto aquello y no están obligadas a asistir pero el consejo hace las citaciones a través de un cuestionario Y eso está reglamentado o se reglamenta, en valga la redundancia en los reglamentos internos, entonces es una manera de hacer control y muchos consejos de este país creen que el hacer la citación a rendir informes a los consejos están haciendo control político debates de control político que es la otra forma la otra forma ya es el debate de control político que la ley la norma ya dice a quiénes se les puede hacer y a quiénes no y a estos que se necesita debates de control político que está reglamentado a través del acto legislativo 01 del 2000 a través del acto legislativo 01 del 2007 y que fue la modificación que se le hizo al artículo 313 de la constitución que aumentó el artículo el numeral 11 y 12 del artículo 313 donde se puede aplicar moción de observación y moción de censura de acuerdo a la población entonces habrá que diferenciar esos dos momentos se puede hacer control citando al funcionario a rendir los informes no está obligado a ir si ya el funcionario es reiterativo en no asistir a esa rendición de informes pues ahí sí está faltando a sus funciones porque una de las funciones de los secretarios de despacho es rendir informes a la corporación y en ese orden de día ya se le puede citar a un debate de control político que está arreglado además en la norma y dice claramente cómo se debe hacer que se debe citar que debe tener unas mayorías que se debe hacer una audiencia pública y eso deriva en moción de observación o moción de censura para hacer el control político a los planes de desarrollo pues se podrá solicitar a cualquier persona del orden nacional municipal o departamental a que rindan esos informes y se le podrá citar a los secretarios de despacho para revisar el componente del plan plurianual que es una forma muy fácil de ejercer el control por ejemplo la administración municipal dice que en temas de vivienda va a construir 100 viviendas en los 4 años 25 en el primer año 25 en el segundo y así sucesivamente si el consejo quiere revisar cómo está el cumplimiento de esa meta pues va al plan plurianual cita al funcionario y le dice y le pregunta cómo vamos en el cumplimiento del tema de la construcción de vivienda dónde se han construido si sí se hicieron y si no se hicieron las razones por que no se hicieron de esa manera se puede hacer control político a los planes de desarrollo


Es importante resaltar que la norma dice que la administración municipal deberá entregar el al consejo territorial de planeación dos meses eh después de su posesión el borrador del plan de desarrollo y una copia a la corporación, consejo municipal desde ahí empieza la articulación del control si el consejo municipal a febrero no ha recibido la copia del plan de desarrollo pues podrá citar a control al secretario de planeación que es el responsable de la presentación del plan de desarrollo y de una vez citar porque el consejo puede citar al presidente o al consejo territorial de planeación a cualquiera de sus miembros a que les informe qué procedimiento se ha llevado a cabo y si s ha sido entregado este plan eh de desarrollo y en ese orden de ideas pues podrá solicitarle a la administración el cumplimiento de los mismos y las razones por las cuales entonces esa es una herramienta que se debe tener en cuenta que el consejo no puede ser pasivo frente a algunas de estas cumplimientos que se deben dar y estos pasos que entrega la ley 152 del 94 Y es ahí de donde empieza el control político de las corporaciones públicas en el sentido de citar a debate a plenaria o a la comisión permanente de planeación para que le vayan haciendo control al cumplimiento y al seguimiento de la ley 152 del 94.


En cuanto lo que tiene que ver con el ordenamiento territorial hay que recordar que existe una ley orgánica que se encarga de esta tarea, no obstante la competencia que tienen los consejos municipales es amplia y allí está muy clara y muy definida en cuanto a la relación plan de desarrollo versus ordenamiento territorial y ejecución de algunos proyectos, esto no se afecta por cuanto si yo dejo por ejemplo en el plan de desarrollo como alcalde, oiga quiero hacer la casa de la cultura y el municipio tiene allí su terreno de propiedad o alguno se lo quiere donar pues queda como como meta dentro el plan de desarrollo y para el procedimiento respectivo es eh adelante de los trámites si es de donación pues adelante del trámite de donación por parte de la persona que quiere hacer esa donación para construir allí el lote obviamente que para poder hacer esa legalización de ese predio y colocarlo a nombre del municipio pues es necesario que se adelante pues lo que exige allí, la exigencia de registros, mirar en planeación municipal que el predio que se está donando pues no tenga limitaciones de tipo de riesgos y que se permita la construcción porque puede ser que dentro de ese ordenamiento territorial Pues en esa distribución haya la posibilidad de que está distribuido donde se pueden hacer obras de carácter público donde no se pueden hacer donde se puede hacer de residencia donde se puede hacer bueno todo como está debidamente reglamentado el esquema de ordenamiento territorial que tiene cada uno de los municipios que por cierto en Colombia y especialmente en Cundinamarca esos esquemas están muchos desactualizados año 2000 año 2001 luego pues es importante que los consejos en ese sentido también empiecen a dar pasos para empezar a atender esta problemática tan delicada que tenemos en Colombia. En cuanto lo que tiene que ver con el ordenamiento territorial hay que recordar que existe una ley orgánica que se encarga de esta tarea, no obstante la competencia que tienen los consejos municipales es amplia y allí está muy clara y muy definida en cuanto a la relación plan de desarrollo versus ordenamiento territorial y ejecución de algunos proyectos, esto no se afecta por cuanto si yo dejo por ejemplo en el plan de desarrollo como alcalde, oiga quiero hacer la casa de la cultura y el municipio tiene allí su terreno de propiedad o alguno se lo quiere donar pues queda como como meta dentro el plan de desarrollo y para el procedimiento respectivo es eh adelante de los trámites si es de donación pues adelante del trámite de donación por parte de la persona que quiere hacer esa donación para construir allí el lote obviamente que para poder hacer esa legalización de ese predio y colocarlo a nombre del municipio pues es necesario que se adelante pues lo que exige allí, la exigencia de registros, mirar en planeación municipal que el predio que se está donando pues no tenga limitaciones de tipo de riesgos y que se permita la construcción porque puede ser que dentro de ese ordenamiento territorial Pues en esa distribución haya la posibilidad de que está distribuido donde se pueden hacer obras de carácter público donde no se pueden hacer donde se puede hacer de residencia donde se puede hacer bueno todo como está debidamente reglamentado el esquema de ordenamiento territorial que tiene cada uno de los municipios que por cierto en Colombia y especialmente en Cundinamarca esos esquemas están muchos desactualizados año 2000 año 2001 luego pues es importante que los consejos en ese sentido también empiecen a dar pasos para empezar a atender esta problemática tan delicada que tenemos en Colombia.


Hay que tener en cuenta varias situaciones, lo primero que nosotros los que somos servidores públicos o colaboradores del Estado en el caso de los contratistas, debemos tener claro que para pronunciarnos en representación del Estado y manifestar la voluntad, se hace a través de actos administrativos y los actos administrativos, lo ha dicho el consejo de estado, los acuerdos municipales tienen la naturaleza jurídica de ser un acto administrativo, para que haya el acto administrativo esa manifestación de voluntad por parte de la administración con el fin de crear efectos jurídicos y modificar etcétera, se requiere de una serie de situaciones que la ley 1437 las tiene definidas y otras leyes especiales que regulan actos administrativos especiales, pero la realidad es que el Estado colombiano se pronuncia todas sus actuaciones a través de actos administrativos y los acuerdos municipales no son ajenos a ello, por lo tanto para la expedición de esos acuerdos municipales queridos concejales y concejalas de Colombia, hay que tener mucho cuidado. Es muy importante tener claridad sobre la competencia fundamental que tienen ustedes concejales para expedir esos acuerdos municipales, si no tienen la competencia, sencillamente es un acuerdo municipal que está viciado de nulidad o tiene fallas en el trámite etcétera. Si ese acuerdo municipal que es radicado, hablemos específicamente del plan de desarrollo o cualquier otro proyecto de acuerdo, no viene con esas consideraciones jurídicas, fácticas que permitan evidenciar por qué se radica el proyecto, y porqué ustedes deben darle el trámite de proyecto de acuerdo a través de los diferentes debates, también hay un vicio de ese acto administrativo o de ese acuerdo municipal Igualmente, recordemos que para efectos en cuanto al tema de la competencia es necesario tener muy en cuenta la ley 136 artículo 70 y 71 que hace relación a la iniciativa y quiénes son los que tienen la competencia la capacidad para presentar los proyectos de acuerdo entonces para que señores concejales, allá cada uno en su municipio juiciosos vayan y lean la ley 136 y revisen, lo puede hacer los alcaldes, los personeros en materia de su competencia, los contralores a iniciativa popular, ustedes mismos como concejales pero recuerden que los que no están escritos ahí pues sencillamente o que no está en la ley no pueden presentar proyectos de acuerdo, si lo hace un tercero y ustedes le dan trámite ¿qué ocurre? pues es un acto administrativo denominado acuerdo municipal viciado de nulidad, ahora eso en lo que tiene que ver con la competencia de la iniciativa para presentar proyectos de acuerdo, ahora en el trámite que le exige la ley 136 que está ahí en cuanto a lo que se tiene que rigurosamente aplicar, si en el trámite de ese debate ustedes como concejales y concejalas se salen de lo que la ley les está diciendo ¿que tienen que hacer? pues posiblemente este es un acto administrativo que puede estar viciado de nulidad, adicional algunos ingredientes fundamentales en lo que tiene que ver para el efecto y la validez del acto administrativo del acuerdo municipal que es en lo que tiene que ver con la publicación y con la sanción, sí quiero traer a colación algunas algunos apartes del consejo de estado en algunas sentencias en lo que tiene que ver por ejemplo una sentencia del año 2019 en el municipio de landas en Santander, allí el consejo autorizó al alcalde para que hiciera una reestructuración administrativa y el consejo surtió todo su procedimiento al parecer no le llevó ese proyecto de acuerdo al alcalde y alcalde no lo sancionó, a consecuencia de ello no lo publicó, un ciudadano que estaba pendiente y que fue afectado, el señor alcalde aplicando esos decretos dice el consejo de estado pues que no lo podía hacer porque al no haber sancionado el acuerdo municipal, no tenía la competencia para ello. Entonces son elementos de la vida real que están ahí y concejales y concejalas amigas, es necesario tener muy claro que la ley es clara, que nosotros nos sometemos al imperio de la ley y que, por lo tanto debemos cumplirla, suele haber un dicho en el pasillo de los consejos municipales, hablo de mi pueblo especialmente, en dejar hacer y dejar pasar muchas veces y no es dejar hacer, ni dejar pasar, sino es aplicar lo que la norma dice, obviamente que hay que tener temas importantes claros que como estamos al servicio de la comunidad, estamos cumpliendo los fines esenciales del Estado, pues como funcionarios o servidores tenemos que tener claridad que tenemos que ser expeditos ágiles y entonces tratándose de esos posibles vicios que se puedan suscitar en el desarrollo en la tramitación de los acuerdos municipales también hay unos que pueden ser subsanables la doctrina ni la jurisprudencia han hecho una denunciación clara de decir, cuáles son subsanables y cuáles no pero por lógica, si el alcalde venía a presentar el proyecto de acuerdo del plan de desarrollo se le cayó una llanta y se varó y no logró llegar a tiempo el 30 de abril, entonces tiene que presentarlo al siguiente día, sencillamente el consejo se lo tiene que recibir porque hay una justificación en los actos administrativos y las actuaciones administrativas nadie está exento que puedan ocurrir situaciones jurídicas o situaciones de hecho como de la naturaleza etcétera. Entonces, si eso ocurre, ahí está la justificación y en los trámites administrativos tienen que quedar todo específico, sí no es venga cambiamos como suele pasar en las entidades, venga cambiamos la fecha de radicado y le colocamos de ayer, entonces puede ser que si ustedes se ponen a cambiar fechas pues posiblemente también tengan unas consecuencias que más adelante en una denuncia, van a tener que ir a contestar. Pero lo que sí les digo es se pueden succionar algunas situaciones que se llegan a presentar, hablábamos del concepto del consejo territorial de planeación, si el alcalde hizo el procedimiento que le manda la ley 152 convocó al consejo territorial de planeación y este no se pronunció, el alcalde no puede quedarse a manos cruzadas a decir como el consejo de planeación no se presentó, entonces no le puedo radicar el proyecto, sí lo tiene que hacer, sencillamente deja la constancia que dice esto y ustedes como concejales dejan esa constancia que a pesar de no haber esa manifestación expresa del consejo territorial para poderle darle trámite al proyecto de acuerdo sí y ya ustedes saben cuáles son las situaciones que pueden hacer que lo pueden aprobar lo pueden negar etcétera entonces eh traigo también eh otra sentencia del consejo de Medellín, en el cual creó los presupuestos participativos, pero eso es antiguo, hoy en día ha cambiado, pero pasó en Medellín al consejo municipal ellos crearon el presupuesto participativo y unas comunas locales en el tema de gestión, en el tema de planeación territorial y qué le dice el consejo de Estado, lo que tiene que ver con presupuesto participativo, lo que tiene que ver con el tema de participación está regulado en ley estatutaria y por lo tanto no es competencia del consejo entrar a hacer o a promulgar acuerdos municipales sin que la norma se lo esté indagando, quiero volver a repetir para que no incurran en errores de vicio de trámite de los de los acuerdos municipales y es, acudir específicamente a la constitución, en primer lugar, bloque de constitucionalidad, acuerdos y tratados acordados por Colombia pero también a las leyes que así no lo determinan. Y por supuesto que también a la realidad fáctica del municipio o del territorio, porque ustedes no pueden ir a hacer un trámite un plan de desarrollo hablando de urbanismo y de autopistas en el municipio de Paime Cundinamarca cuando allí lo que tenemos son vías rurales de tercer nivel, entonces también hay que tener muy claro en el momento de tramitar esos proyectos de acuerdos que haya coherencia, que haya lógica en la realidad del municipio y ¿qué pasa? un problema en Colombia, que a muchos alcaldes, señores concejales, analicen esas circunstancia, hay asesores que se especializan en hacer 20,15 o hasta 30 consultorías para estructurar planes de desarrollo y sabe qué es lo que hacen cogen y cambian el título y en muchos sectores del del documento aparecen municipios de Cundinamarca, del Meta etcétera, entonces esa situación ocurre y es la realidad de nuestro país. Entonces concejales, cuando les llegue el proyecto de acuerdo léanlo porque la mejor forma de evitar cometer errores en la tramitación de los actos administrativos es leyendo, es buscando la normatividad, si ustedes van y miran la ley 136, está clara y les dice cómo actuar si van y miran la ley 152 es clara y les dice cómo actuar la ley 1551 la ley 617, ahí están determinado todas las actividades en Colombia están regladas y no es sino aplicar la normatividad, pero hay que leer a nosotros los colombianos nos da pereza leer y es necesario hacerlo para no cometer errores y que el consejo de Estado a través de la acción de nulidad tenga que anular todos esos proyectos de acuerdo que en su momento cualquier ciudadano puede presentar allí al consejo de estado y él pues lo que hace es proceder a hacer la evaluación jurídica y legal de esos acuerdos Y si están mal, sencillamente los declara nulos y sabe cuál es la consecuencia que si afecta muchas veces con esos, la aplicación de esos proyectos de acuerdo si son declarados nulos y tiene algún efecto en cuanto si se reconoció algún pago, se hizo algún proyecto, posiblemente puede tener repercusiones de tipo presupuestal a la entidad territorial, pero también de tipo disciplinario, a ustedes como personas que tramitaron el proyecto de acuerdo por supuesto que hay responsabilidad compartida, si es de iniciativa del alcalde, también el alcalde, pero en eso tienen que cuidarse muchísimo y es leer.


Se pueden hacer todas las modificaciones que consideren siempre y cuando sean concertadas con la administración no puede el consejo municipal a moto propio, sencillamente modificarlos no todo tipo de modificación tiene que ser concertada con la administración se convoca a la administración al consejo municipal, llámese a la comisión a la plenaria y se hace la concertación de qué es lo que queremos hacer modificar ajustar y de ser aprobado, puede continuar el trámite, de lo contrario deberá sostenerse si la administración no lo acepta deberá sostenerse tal cual como lo presentó la administración.


Convenios que provengan de la nación, convenios celebrados con el departamento o con entidad de cooperación internacional en lo que respecta la parte presupuestal efectivamente sí lo puede incorporar por decreto y posterior a ello la ley la ley 1551 2012 ha manifestado de que la administración cuenta con un mes para informarle al consejo de tal situación de esa incorporación que se ha hecho por decreto ahora frente a la celebración del convenio como tal si la administración no cuenta con las facultades o las autorizaciones para llevar a cabo la celebración de ese convenio no lo podrá hacer.


Claro que sí se puede hacer control político en todo tiempo, la norma es muy clara, el control político en los consejos municipales se puede hacer en todo tiempo, algunos consejos preguntan a uno ¿cómo que en todo tiempo? porque que también se puede hacer control político desde las comisiones permanentes, lo que pasa es que muchos consejos no lo utilizan pero el control político se puede hacer todo tiempo distintamente de que estén en el plan de desarrollo, pues se podrá citar a cualquier funcionario de la administración para que esté en el control político que haya aprobado el consejo por el incumplimiento de sus funciones.


Ahora como estamos hablando de plan de desarrollo y allí hay un sector que se denomina fortalecimiento institucional, seguramente lo que se pretende en algunas administraciones es hacer una reestructuración administrativa, y por supuesto pues es iniciativa del alcalde y el consejo es quien tiene la competencia para desarrollar este tipo de tarea, en cuanto lo que tiene que ver con la reestructuración administrativa ahora en lo que tiene que ver con la parte presupuestal tiene que ser muy cuidadoso porque a pesar de ir en el sector de fortalecimiento institucional el gasto que desde mi punto secretaría de tránsito, pues no sé si se pueda hacer a través de inversión o se tenga que hacer a través de funcionamiento. Entonces bajo es entendido para efectos de dejar esta meta para poderla cumplir, ahí el plan de desarrollo se puede dejar una cosa es que usted la deja y otra cosa es que tenga plata para cumplirla, ahora si es en el gasto de funcionamiento tiene que mirar el tema de austeridad fiscal, los límites de la ley 617, entonces hay que tener mucho cuidado y mucha claridad sobre esta situación.


Dentro de la conformación del plan de desarrollo hay muchas temáticas muchos sectores que están reglados específicamente y uno de esos y que no se le pudo crear a ningún consejo a ningún alcalde en el proyecto de acuerdo y en el consejo del debate es esta política o este sector de discapacidad, generalmente y lo común es que la ley obliga que tiene que haber dentro del municipio una política pública de discapacidad aprobada y con base en esa aprobación de esa política pública están todas las actividades que tiene que desarrollar la política y como consecuencia de ello, tiene que quedar inmerso dentro del plan de desarrollo del periodo constitucional esas actividades para poderlas desarrollar o para poderlas ejecutar más lo que el alcalde en su iniciativa y con sus amigos los concejales lograron sacar adelante y se comprometieron con la gente hacer por la población en condición de discapacidad, entonces allí las metas que quedan en ese plan de desarrollo tienen que estar claras Y determinadas Y esto es una inversión a grupos vulnerables por lo tanto es recursos de inversión que están allí que obligatoriamente el señor alcalde y los señores concejales tienen que en debate determinar y que quede estipulado el tema de discapacidad.


Armonización Presupuestal

Habría que a la corporación política administrativa para incluir esos proyectos que no quedaron en el plan de desarrollo, los que tengan vigencia futura pues deben continuar con su misma ejecución, bajo la nueva estructura del plan nuevo con el mismo código de pin, el mismo concepto de gasto y las fuentes de financiación del objeto y la vigencia futura, el pin es el registro de cada proyecto, como su identificación y continúa con ese mismo código.
Los saldos de apropiación no comprometidos a la fecha de armonización presupuestal se armonizaran mediante el traslado presupuestal reasignando los recursos a los proyectos que se ejecutarán bajo la estructura propuesta y definida en el nuevo plan de desarrollo, para eso obviamente hay que liberar los saldos de los cdp´s no comprometidos y ajustar esa ejecución a los programas de inversión garantizando únicamente que queden los saldos positivos o sea yo contra crédito reduzco unos para dar unos cupos por así llamarlos de esa edición o ese crédito de los nuevos proyectos.
Cuando tengo un cdp´s que esté amparando un proceso de licitación o una contratación una vez se terminé ese proceso de armonización presupuestal, la entidad territorial deberá expedir un nuevo certificado de disponibilidad presupuestal con cargo al proyecto de inversión homologado a ese nuevo plan de desarrollo, en este caso el cdp´s deberá contar con una anotación en la cual se indique el número de documento reemplazado, la fecha de expedición, el monto que amparaba y en todo caso debe estar acorde a los cronogramas de los procesos contractuales, es necesario o importante tener en cuenta que no es posible adjudicar el contrato hasta tanto no se haya efectuado el traslado presupuestal de armonización y que se vea reflejado en el sistema de información presupuestal del actual plan de desarrollo.
Es importante reiterar que la armonización es un procedimiento y por lo tanto una sucesión de trámites tendiente a que el presupuesto anual se ajuste a él plan de desarrollo territorial, es importante también decir que la armonización presupuestal en general va a significar una modificación al presupuesto es importante decir que para determinar cuándo se necesita la presencia de la asamblea o el consejo vale la pena repasar el contenido de las sentencias se C-036 de 2023, porque sistematiza todas las modificaciones presupuestales y la distribución de competencias en orden a esas modificaciones presupuestales dentro de las entidades territoriales particularmente dentro de los departamentos, entonces como quiera que efectivamente se puede materializar la armonización en una modificación al presupuesto, vale la pena referirnos a aspectos competenciales, en criterio del ministerio de hacienda y del departamento nacional de planeación no es posible conceder facultades a gobernadores y alcaldes para modificar el presupuesto en orden a la armonización modificación insisto de aquellas que comportan presencia de las corporaciones político administrativos.


Es posible abordarlo desde dos perspectivas, una desde una perspectiva de seguridad jurídica y desde una perspectiva de responsabilidades, me explico desde la perspectiva de la seguridad jurídica como quiera que estamos en presencia de un acto administrativo, el sistema normativo colombiano en el código de procedimiento administrativo de lo contencioso administrativo trae una regla de presunción de legalidad de los actos administrativos, entonces esa presunción de legalidad de los actos administrativos le ofrece justamente seguridad a todo nuestro sistema normativo, motivo por el cual si yo he concedido facultades para ello a los alcaldes y a los gobernadores y ya ha expedido una modificación al presupuesto o pretendo expedir una modificación a un presupuesto insistimos de aquellas que comportan presencia de asambleas o concejos, entonces estaría amparado en ese principio de presunción de legalidad de los actos administrativos, por lo que desde esa perspectiva no habría ningún tipo de inconveniente. Sin embargo, desde una perspectiva de responsabilidad y en el entendido en que no es posible que ninguna corporación político-administrativa territorial conforme a la sentencia 036 se desprenda de la facultad que tiene para modificar el presupuesto en el sentido de adicionar o hacer traslados interseccionales o intersectoriales porque yo constituiría una violación al principio de legalidad del ingreso, principio de legalidad del gasto, principio de representación del ingreso y el principio de representación en el gasto, eventualmente podrían emerger para quienes conceden esas facultades o para quienes hacen uso de ellas, responsabilidades de carácter disciplinario motivo por el cual es una decisión es un riesgo que efectivamente toman las corporaciones político-administrativas y los alcaldes o gobernadores desde la perspectiva de legalidad, donde las desde la perspectiva de responsabilidad mientras tanto pues por supuesto podrán ampararse y que efectivamente se le considera facultades y mientras tanto ese acto administrativo a través del cual se concedieron facultades, existan en el ordenamiento jurídico porque no ha sido anulado por la jurisdicción contencioso administrativa entonces adelante con ellos más allá de los riesgos que desde la perspectiva de responsabilidad pudiera haber.


Es claro que la armonización es justamente eso, corresponde mirar los proyectos que vienen, que continúan, no continúan, los míos, los nuevos, revisar los saldos y hacerlo, aquí lo que se está preguntando es prácticamente no hacer la armonización en este momento sino hacerla de manera posterior, la recomendación es no, hágalo una vez total, de pronto algunas administraciones intentan hacerlo parcial porque tengo una necesidad urgente el día de hoy y necesito armonizar un pedacito, esa lógica puede dejar desfinanciado otros proyectos importantes o no ver la totalidad de la planeación presupuestal por así decirlo. Recomendaciones, una armonización completa para que no tenga inconvenientes y pueda empezar a ejecutar su plan de desarrollo.


Se tiene un decreto de liquidación y ese decreto de liquidación va un grado que puede llegar como es propio de la administración a nivel de producto, la recomendación es que inicialmente se debe dar un margen o una flexibilidad para que la administración tenga un manejo de esa planeación, por lo tanto la recomendación que nosotros hemos establecido es llega a un nivel de programa y en el caso que algunas entidades territoriales hayan llegado porque está desde el mismo decreto 111, la opción de llegar al nivel de subprograma podría llegar a ese nivel de detalle.


No habría necesidad justamente de llevarlo a la corporación político-administrativa porque se trata de modificaciones que no comportan la presencia de las corporaciones político-administrativas es por eso que inicialmente planteaba la sugerencia, es muy importante esa lectura de la sentencia C-036 de 2023, despeja muchísimas dudas y justamente aborda sistemáticamente la corte, cómo se llevan a cabo ese tipo de movimientos o modificación de presupuesto y que es competencia de cada quien ahí, de igual forma, en esa lectura de la sentencia usted va a encontrar un cuadro que tiene tres tipologías, simplemente usted ubica el tipo de modificación presupuestal que quiere realizar y ahí determina si tiene que pasar por la corporación político-administrativa.


Inicialmente sería un problema de ejecución, para tener activo un proyecto de esa época en sana lógica pensaría uno que es porque tiene vigencias futuras, pero si hay unos temas de proyectos que se deberían entregar una vigencia bajo un principio de normalidad, y se dio ya un tema que ha pasado a varias vigencias, pues entramos en un terreno de unas situaciones particulares que habría que verificar cómo ha sido la ejecución de ese proyecto, posiblemente eso implique tener un término del orden nacional a nivel presupuestal que son las vigencias expiradas que no tienen una reglamentación puntual a nivel territorial y eso tiene unas implicaciones distintas que habría que dar a cada caso puntual porque eso puede implicar, por ejemplo entre varias opciones una conciliación a través de la procuraduría general de la nación y con los contratistas o los contratos derivados de esos proyectos, es decir aquí el margen depende de cada proyecto y habría que analizarlo y por lo tanto se recomienda establecer la consulta particular para ver si determinamos un modo de brindarle algunas alternativas o consejos bajo el entendido que se harían conceptos bajo la instrucción de que no son vinculantes ni obligatorios porque esa autonomía de la entidad territorial puede darle un manejo a esa misma ejecución de proyectos, prensa analógica no debería pasar que tengamos proyectos tan antiguos es más en la depuración que iba a hacer PIB se va a terminar un tiempo para que muchos proyectos que están también viabilizados y no sean digamos movido de pronto establecer un grado, por así llamarlo de limpieza de la base de esos proyectos en el orden nacional.


Lo que hace la armonización es determinar qué proyectos voy a hacer y por lo que se debe formularlos entonces hay que hacerlo en la MGA y hacer todo el procedimiento, hay que formular los nuevos proyectos, recordemos la lógica que estamos manejando de hacer el seguimiento a nivel de cuipo presupuestal, de planeación a nivel de suif y cpi obviamente aunque reconocemos que no son exactos, los mismo momentos, la contratación ya dada una vigencia tiene que tener una relación con esa presupuestación y con esa planeación.


Tengo que hacer el proceso de armonización, o sea aquí yo tengo que configurar y homologar todas esas situaciones de proyectos que venían con sus situaciones específicas pero hablamos que establecerán unos que van por toda la vigencia hasta 31 de diciembre y hay unos que vienen más cotados, hay unos que ya tienen una ejecución parcial hay que terminar cada proyecto es decir uno qué pensaría como administración mínimamente debe tener un formato de Excel en que cada secretaría tenga un listado de esos proyectos y el estado de cada proyecto, es una responsabilidad que debería de estar establecida en ese procedimiento dependiendo la connotación de cada proyecto por darle el tratamiento ajustado dependiendo de tanto de la parte de planeación la ejecución física financiera del proyecto y los saldos disponibles para los nuevos proyectos y si yo tengo que obviamente contra acreditar y acreditar los mismos proyectos. Además, es pertinente tener en cuenta cómo se articula el régimen del plan de desarrollo con el sistema presupuestal, entonces la respuesta es no, no debería ser posible, es decir en gasto de inversión que tiene que estar digamos expresión de un proyecto que tiene que estar justamente inscrito en el banco y que justamente tiene que corresponder al plan de desarrollo no debería ser posible algo distinto.


Sí, efectivamente tanto para gastos de funcionamiento como para deuda pública, justamente si yo particularmente quiero financiar mi plan de desarrollo con recursos del crédito y lo pretendo empezar a ejecutar en esta vigencia y para ello entonces necesito adicionar el presupuesto en esos recursos provenientes del crédito pues entonces efectivamente podría serlo, e igualmente desde el punto de vista del gasto de funcionamiento un ejemplo puede servir para ilustrar el asunto y es que pretendo yo empezar a ejecutar un sistema de transporte masivo un sistema integrado de transporte y efectivamente para ello necesito institucionalidad y si yo necesito institucionalidad entonces eventualmente tendré que crear una unidad administrativa especial o una descentralizada o crear una dependencia adentro del sectorial que corresponda y por lo tanto entonces exija un aumento en la planta de personal o qué sé yo, es decir ahí habría un análisis de conexidad de consistencia para efectos de modificar el gasto de funcionamiento pero sería posible.


Debe ser un trabajo mancomunado, o sea no pensemos en que soy municipio y ahí corporación político administrativos sino somos uno solo, la norma establece que el consejo establecerá el procedimiento, lo que debería hacer la administración es en la parte práctica establecer el procedimiento sin afectar esos movimientos presupuestales que sean consorte propio de las corporaciones político administrativas pero la parte procedimental debe de ser esa parte de la administración, es un trabajo conjunto por ejemplo Bogotá, si uno mira el tema de la armonización presupuestal son 2 acuerdos que tienen 2 o 3 artículos no más y le dan las facultades para establecer el procedimiento y obviamente las competencias presupuestales propias de la corporación política pues tienen que pasar por el consejo distrital entonces lo que quiero establecer es que la asamblea del consejo no tiene que llegar a todo el detalle del procedimiento, la administración puede ser autorizado para realizarlo pero ya esas autorizaciones derivadas de la misma armonización sí tienen que pasar por la corporación político administrativa entonces creo que es un trabajo conjunto entre administración y nuevamente el consejo o la asamblea.


La primera recomendación que hicimos cuando vimos el sistema de planeación con el presupuestal es que tenga observancia del plan de ordenamiento al plan básico o al esquema de ordenamiento territorial, entonces uno de los proyectos prioritarios, clave, de estos planes de desarrollo es realizar esa actualización sabemos que un gran porcentaje de entidades territoriales no lo tienen actualizado y vuelvo y repito muchos temas de orden de inversión y de orden presupuestal y más tesoral dependen de ese plan de ordenamiento, temas por ejemplo de predial frente a cambios de uso, temas de inversiones de acueducto, de vías etcétera van a depender de esa conformación, entonces las recomendaciones: sí es uno de los proyectos que se han recomendado desde el orden nacional, actualizar ese plan de ordenamiento territorial


Aquí hay que hacerle unas consideraciones, que son dos partes, una es la aprobación vía decreto y la otra de un proyecto en ejecución que no está en el nuevo plan, hay que obviamente buscar la armonización cuando hicimos en la diapositiva unos ejemplos en los cuales teníamos unas posibles clasificaciones de que exista el programa al aumento por proyectos, desaparezco el programa, creo el programa, debería entre la armonización darle cabida a esos proyectos porque es un proyecto que está en ejecución y debo dar ese compromiso, entonces debo tener observancia y lo tengo que ejecutar, ahora si se dio determinada situación en la cual el plan de desarrollo no fue aprobado por acuerdo de ordenanza, se aprobó por decreto, no significa que las siguientes modificaciones en temas pertinentes o relacionados con plan de desarrollo no tengan que pasar por consejo o por asamblea, fue una situación coyuntural que la norma establece es alternativa pero no significa que si ese proyecto necesito incluirlo porque digamos dentro de mi obligación no clasifica o no tengo esa autonomía para decidir o es un proyecto muy puntual uno esperaría que obviamente hay sí retoman o no digamos que retoman sino que las facultades del consejo y la asamblea prevalecen, el hecho que se un decreto no significa que de ahí en adelante lo tenga que hacer todo por decreto


Gestión de proyectos de inversión

La ley 152 de 1994 (ley orgánica del plan de desarrollo) cuyo propósito es establecer los mecanismos para la elaboración, para la evaluación, para el desarrollo, aprobación, ejecución de los planes de desarrollo. El ámbito es la aplicación del plan de desarrollo para las entidades tanto nacionales como territoriales, dentro de esta ley encontramos el artículo 27 que habla y da la razón de los bancos de programas y proyectos, el cual es un instrumento de programación para dar viabilidad a estos proyectos, básicamente es lo fundamental de ese artículo


Lo más importante es conocer la necesidad, es fundamental, por ejemplo, no hay una vía para que los niños lleguen de su vereda a la cabecera municipal para recibir clases, entonces lo fundamental es la necesidad que ellos tienen, eso es lo más importante, conocer esa necesidad, ya teniendo la necesidad, en ese momento podemos empezar a estructurar todo el proyecto.


Conociendo el problema debemos buscar: las causas directas, indirectas, los objetivos y las oportunidades.


Partiendo de conocer la necesidad y las oportunidades que deben tener para desarrollar los proyectos, es importante que para hacer una contratación se justifique, es decir, el proyecto debe nacer de la necesidad, por ejemplo necesitan un comedor porque hay desnutrición en un municipio, entonces lo más importante, por ejemplo no es que necesitamos contratar al chef, ese es uno de los insumos, es más importante tener el sitio donde se va a hacer el comedor, después de ello viene la necesidad, que se sabe que es la de nutrición, luego viene una alternativa, vienen las cosas que se necesitan para habilitar y construir dicho comedor. Esto debe ser por medio de inclusión social o del Ministerio de Educación, pueden ser de los instrumentos necesarios a quienes se les puedan presentar esa necesidad y con quién se pueden apalancar para ese proyecto.


Lo primero que debemos propender por mejorar en las entidades territoriales es lo relacionado con el conocimiento de las fuentes de financiación, recursos propios de los municipios y sistema general de participaciones, presupuesto general de la nación, sistema general de regalías, donaciones por parte de privados, dineros por ejemplo provenientes de cooperación internacional, encontramos que hay cierto desconocimiento por parte de las entidades territoriales en materia de fuentes, también consideramos que debemos trabajar en ampliar los conocimientos sobre los requisitos para el acceso a los recursos disponibles en entidades públicas, privadas y del tercer sector, la metodología de marco lógico definitivamente ha sido internacionalmente aceptada para la formulación de proyectos y en Colombia se complementa, es decir hace match con la metodología general ajustada propuesta por el departamento nacional de planeación. En resumen, debemos profundizar sobre estos asuntos en materia de fuentes de financiación y las metodologías que se exigen en la formulación de proyectos. Lo segundo que consideramos un aspecto determinante tiene que ver con la identificación de oportunidades de mejora asociadas a las asistencias técnicas territoriales llevadas a cabo por las distintas entidades del Estado, en particular desde la ESAP a través de la estrategia de asistencia técnica territorial desde hace más de 2 años, en particular hemos podido evidenciar algunas dificultades asociadas al proceso de estructuración del del marco lógico en particular y en eso coincidimos en la identificación del problema. Evidenciamos también algunas dificultades en ese proceso de identificación de la necesidad u oportunidad puntual desde la cual el ente territorial termina estructurando el proyecto, entonces debemos trabajar muy fuertemente en este proceso de identificación, en un camino apropiado que les permita a las entidades transitar de una idea, a un proyecto factible.


A través de la estrategia de asistencia técnica territorial que se desarrolla en el marco del conpes 4091 de 2022 se ha estado brindando un acompañamiento al proceso puntual de formulación de proyectos, asociado al ciclo de vida del proyecto, hemos podido identificar que es altamente relevante entregarle a las entidades territoriales unos diagnósticos de los proyectos priorizados y focalizados según sea el acuerdo generado con la entidad que nosotros nos interrelacionamos, pero también poder entregarles a ellos una caja de herramientas que contenga insumos que le permita al municipio fortalecer sus capacidades frente al proceso mismo de estructuración de esos proyectos y que deriven entonces en aportes estratégicos y focalizados en este ejercicio de formulación.


Una de las fallas que pueden tener los proyectos es que no tienen claros los objetivos, las actividades del proyecto que todo tiene una escalera por decirlo así, una cadena exactamente y que para tener un resultado lo más importante es conocer primero la necesidad, después tener los insumos y al final que haya el producto realmente de lo que se necesita, que de pronto tengan diagnósticos incompletos, eso también nos ocasiona problemas y cuando no hay relación del problema central con los objetivos del proyecto.
De igual forma, algo que se ve con alguna frecuencia en la formulación de proyectos es que estos casi siempre se les asocia una sola causa principal o digamos sobre sobre el problema general o sobre el objetivo general, se trabaja sobre una sola causa y a veces los problemas no son así de simples, es importante poder identificar varias causas que nos generen, después ya digamos cuando se pasa un poco a la formulación del árbol de objetivos, tener varias líneas de trabajo, posiblemente varios productos que sumándolos nos podrían permitir tener un resultado, eso es algo que es importante también que se tenga en cuenta en la formulación de proyectos porque como les decía, los problemas que se identifican a veces no son unicausales, pueden tener varias causas o varias líneas de trabajo por las que podríamos obtener un buen resultado si trabajamos y concretamos varios productos alrededor de esos problemas identificados.


Desde el Ministerio del interior desde el año 2020 se viene implementando una estrategia llamada “el banco de proyectos” estos bancos están destinados a cubrir convocatorias para las poblaciones objeto de atención del Ministerio del interior como son las comunidades negras, afrocolombianas, raizales y palenqueras, las indígenas, ron y minorías, líderes religiosos, líderes y organizaciones sociales y defensores de derechos humanos y también las alcaldías de sexta categoría, las personas en condición de discapacidad, los organismos de acción comunal, entre otros incluidos también dentro de derechos humanos toda la población víctima, población vendedores informales. Entonces dado eso pues los proyectos de inversión cumplen un papel supremamente importante porque estas direcciones tienen formulados proyectos de inversión que dan cumplimiento al plan nacional de desarrollo en el financiamiento de iniciativas promovidas por estas comunidades. En ese sentido el Ministerio del interior ha creado un comité asesor de bancos donde se establece una metodología de formulación de estos proyectos aplicando la metodología general ajustada pero simplificándola para que las comunidades no la entiendan de una forma tan técnica sino que creamos unos formatos donde sí, les pedimos el objeto, las alternativas, los riesgos, los roles, ¿quiénes son los beneficiarios?, ¿cómo le aporta esto a la comunidad?, por lo que se brinda un cronograma de actividades, para que estas actividades estén totalmente coherentes con las líneas de financiación establecidas, entonces que estas líneas pueden variar porque cada comunidad tiene un proceso de participación diferente, por ejemplo en el caso de las comunidades negras, ellos tienen las instancias de participación que en este caso es el espacio nacional de consulta previa y las directivas nacionales que allí ellos tienen que concertar con sus instancias, ¿cuáles son las líneas de financiación a las que ellos le deben apuntar?, lo mismo pasa con las comunidades indígenas que en su caso tienen a la mesa permanente de concertación y también a la mesa regional amazónica y hacen un proceso de concertación con ellas a través de ¿cuáles son las líneas de financiación que benefician a sus territorios?. En ese sentido, lo hacen también los líderes religiosos porque tienen la mesa de asuntos religiosos donde participan diferentes entidades de diferentes confesiones y religiones y también tienen un comité de diálogo social que se creó en el año 2022, donde tienen representantes departamentales y allí También entran a concertar. En el caso de las juntas de acción comunal ellos igual le dan prioridad a las personas en condición de discapacidad y también a que las juntas puedan ejecutar sus proyectos dado que ellos son la conexión en territorio, y los líderes y defensores de derechos humanos que finalmente son los que están en el territorio generando todo ese diálogo social que es uno de los ejes fundamentales del Ministerio del interior. Entonces cada una de estas direcciones formula sus proyectos de inversión y ese recurso que está destinado para el financiamiento de iniciativas, se destina para abrir las convocatorias de los bancos de proyectos. Aquí nosotros elaboramos una guía para que ellos elaboren sus términos de referencia pero que no sean tan exegéticos sino que sean flexibles para que las comunidades puedan cumplir con los requisitos financieros, técnicos y jurídicos habilitantes pero adicional a ello que en la formulación de los proyectos que las comunidades presenten, realmente haya una sostenibilidad en el tiempo, para ello también cada dirección hace una contratación con un aliado estratégico para la operación e implementación pero sobre todo para la supervisión para que no sea un recurso público entregado que a los tres meses no exista proyecto, eso es lo que se viene haciendo desde el Ministerio.


En la página web del ministerio del interior, página de banco de proyectos, allí vamos a encontrar que nosotros dividimos este proceso en tres fases: en una fase de registro, una fase de asistencia técnica y una fase de financiación de registro, es cuando se hace la postulación del proyecto y les proveemos a las comunidades los diferentes formatos para que ellos puedan hacer la formulación de su proyecto. En la parte de asistencia técnica como cada dirección tiene la idoneidad y conoce porque no es lo mismo un proyecto de comunidades negras a un proyecto que beneficia comunidades ron, entonces ahí en ese proceso de asistencia técnica se les ayuda o hay territorios por ejemplo en Vichada, en Guaviare que a veces no hay acceso al internet, entonces se les ayuda para que ellos tengan toda la ayuda para poder diligenciar los formatos y sobre todo en los temas de presupuesto, porque a veces les es muy difícil definir. ¿cuáles son los gastos elegibles o no elegibles? y pues nosotros les damos toda esa asistencia. La última es la fase de financiación que ya es cuando nosotros pasamos a hacer una priorización, también buscamos que sean en territorios que tengan cierta susceptibilidad, que nunca hayan sido financiados y que realmente necesiten la implementación de estas iniciativas.


Estas convocatorias están dirigidas a tales comunidades, pero también hay unas líneas de financiación para que ustedes también las puedan tener en cuenta, normalmente dentro de la mayoría está el tema de seguridad alimentaria que consideramos también es un reto en los territorios, está el tema de la infraestructura que no es a un nivel técnico porque estos son procesos muy costosos pero sí por ejemplo en el tema de los indígenas en construcción de malocas que ellos mismos las pueden hacer, centros de pensamiento, adecuaciones de salones comunales, adecuaciones de espacios de los consejos comunitarios. Por ejemplo, en las zonas costeras, por los temas de la sal marina y la brisa, hay una corrosión bastante alta entonces en estos territorios siempre es muy importante estar haciendo tales ajustes a nivel de los espacios donde ellos se reúnen y donde tienen sus títulos colectivos. También tenemos temas de dotación digital, hemos hecho temas de dotación de ipads a las juntas de acción comunal también a los diferentes líderes y defensores para que ellos también a través de esas herramientas digitales puedan promover todo el tema de los derechos humanos y en el tema de las juntas por ejemplo en los salones comunales, hemos hecho dotaciones de computadores con Wi-Fi para que las personas, por ejemplo de la comunidad puedan ingresar y hacer búsquedas de empleo, hacer tareas en casa, no todos tienen un computador, no todos pueden acceder a internet, pero adicional a eso que puedan conocer de primera mano la oferta del ente nacional y también tenemos un tema de servicios públicos por ejemplo hemos trabajado proyectos en la guajira de acueductos veredales y en diferentes territorios donde no llega a nivel tan estructurado el agua y ellos generan todos estos procesos de manera un poco más tecnificada y ya no tan rústica como lo venían haciendo. También tenemos proyectos productivos de porcicultura, piscicultura, ellos tienen todos los insumos y toda la maquinaria o también por ejemplo hemos trabajado mucho con las juntas de acción comunal que seguramente a los entes territoriales lo han trabajado, el tema de placa huella, de hecho, hemos hecho también alianzas estratégicas con el invías para darles a ellos esa orientación técnica y que ellos puedan tener de primera mano también cómo generarla, aunque ellos son pioneros en estos tema


Desde la escuela de alto gobierno se ha venido trabajando en el territorio directamente con la población de alto gobierno, que es la que atiende la escuela, los cuales son: gobernadores, gobernadoras, alcaldes, alcaldesas, consejos municipales y diputados. Desde el momento en que empezó los procesos de construcción de plan de desarrollo, hemos venido haciendo énfasis en esos puntos importantes que hay que tener en cuenta al momento de construir esos esos programas y proyectos. Desde la escuela de alto gobierno se hizo una identificación de necesidades sobre todo de municipios categoría 4, 5 y 6 y departamentos que también tienen una afectación presupuestal o cuyo presupuesto es más bajito que otros, por lo cual, se les dio una priorización para poder apoyarles no solo en el proceso de construcción de plan de desarrollo sino darles continuidad y seguimiento en lo que es la construcción de los bancos de programas y proyectos.
Se ha encontrado una serie de dificultades a nivel del territorio, en general sobre puntos que han comentado los ponentes anteriores, sobre todo en esa estructuración de los proyectos y esas falencias que tenemos en lo que es la construcción del marco lógico y la cadena de valor que creo que son los puntos que hay que llegarle a los territorios a explicar muy bien, a darle información un poco más específica frente a ¿cómo puede ser ese proceso de construcción de esos programas y proyectos? Desde la escuela de alto gobierno, entonces nuestra oferta institucional está dirigida como les decía esta población de alto gobierno, como también oficinas de planeación, secretarías de planeación, de gobierno, de hacienda en este caso, para la formulación de bancos de proyectos, si desean participar en el territorio nacional, si desean tener estas asistencias técnicas o capacitaciones por parte de la ESAP-escuela de alto gobierno, a través del enlace a compartir. Ahí están los contactos de las territoriales de cada una de las regiones del país y comunicándonos directamente con las territoriales podemos solicitar esos servicios con la escuela de alto gobierno.


Para el caso de la escuela de alto gobierno, en este momento tenemos una oferta de capacitaciones para todo el territorio, para todos los municipios y departamentos en todo proceso de formulación de proyectos. Durante esta primera fase que hicimos de plan de desarrollo se llevó a cabo una socialización también sobre el catálogo de productos y como eso se iba a articular más adelante con lo que va a ser la formulación de los proyectos y más adelante con la estructuración de la mga y finalmente la consecución de los códigos “bepin”. Todo esto hace parte de un proceso de capacitaciones donde se oferta esas capacitaciones desde la escuela de alto gobierno, hay una serie de expertos temáticos que nos acompañan, somos en este momento seis expertos que vamos a estar acompañando los territorios para poder dar estas capacitaciones en términos de ¿cómo es el paso a paso? ¿cómo hay que entender estas metodologías de la mga? Y también ¿cómo poder realizar la metodología de marco lógico y de cadena de valor?, con el fin de estructurar muy bien estos proyectos para que a la hora de que tengamos la ejecución, no solamente con el tema de código y poder aterrizar esos proyectos a la realidad, que en la ejecución realmente sea mucho más sencilla, ya que hemos tenido un proceso de asesoría y de acompañamiento en la formulación de esos proyectos.


Uno de los retos más grandes que tenemos a nivel nacional, sobre todo en estos municipios categoría cinco y seis, es poder darles herramientas para poder hacer un buen seguimiento de esos proyectos, muchas veces se queda como la formulación del plan de desarrollo, ya tengo metas, ya sabemos a qué tenemos que llegar, pero al momento de formular el proyecto queda un poco cojo, queda como que no entienden muy bien ¿cómo se formula? quedan las causas directas e indirectas, la problemática de pronto no queda muy bien definida, la cadena de valor queda algo floja, entonces estos temas que son un poco más técnicos, es una de las falencias más grandes que hemos encontrado, hay mucha voluntad política, hay muchas ganas de trabajar de parte de las entidades, pero a veces se quedan los proyectos un poco flojos porque no se estructuró bien al momento de iniciar ese proceso de estructuración del proyecto, entonces lo que se ha identificado es un poco eso, muchos municipios sobre todo que nos dicen “es que esos esos proyectos ya los tenía el plan de desarrollo anterior y no se lograron cumplir” y veíamos y les mostrábamos con ejemplos claros y llegando al territorio con lo real, con lo que le sucede y es claro, tenían grandes proyectos pero al momento de formular el proyecto no lo hicieron de una manera que permitiera hacer un buen seguimiento, que permitiera identificar que esas fuentes de financiación fueran reales y que quedara en gestión o quedara sin determinar una fuente de financiación clara para esos proyectos grandes y protagonistas de los municipios y que al entender ¿cómo se formula?, al entender muy bien ese proceso de formulación y al mantener en el tiempo ese mismo equipo de trabajo que logre hacer la formulación también haga seguimiento a la implementación y a la consecución del proyecto, pues también vamos a tener una trazabilidad que nos permita lograr los objetivos y una evaluación muy clara. Entonces creo que uno de los retos más grandes que tenemos en el país es poder establecer muy bien esos criterios de formulación y que ese seguimiento se haga de la mejor manera para poder lograr la consecución de los proyectos.


Contamos con una página que es “MGA ayudas” allí ustedes van a encontrar capacitaciones, van a encontrar las circulares, también hay un canal de YouTube. En la parte superior ustedes pueden ver que está la biblioteca, la asistencia técnica, el ingreso a la MGA web, la PIP, territorio, boletín y glosario. Hacia abajo se van desprendiendo cada una de las cosas que nosotros tenemos. Hay una parte en territorio donde ustedes se van a poder inscribir a las capacitaciones que vamos a tener, en el momento que empecemos a hacer toda la transición.


La PIP entra en operación a partir del segundo semestre de acuerdo con la circular 0020- 4 del 2023, en esta circular se dan las recomendaciones para el cierre fiscal de la vigencia 2023, la apertura de la vigencia 2024 y la transición a la plataforma integrada de inversión pública, a partir de septiembre del 2024 se tiene programado hacer el proceso de migración la cual va a ser escalonada, por grupos y se les va a ir informando a partir de qué momento inicia cada departamento.


Desde el Ministerio del interior hemos estado muy interesados en trabajar estratégicamente con los centros territoriales, en ese sentido, estamos abiertos desde todas las direcciones del ministerio, no solamente las direcciones misionales, que en este momento implementan la estrategia de bancos, sino también tenemos la dirección de gobierno, la dirección de seguridad y proyectos, porque también nosotros tenemos otro fondo que se llama “fonsecon” con el cual trabajamos con los entes territoriales ya en proyectos mucho más macro, que son a nivel de centros administrativos municipales, cámaras de seguridad, infraestructura en diferentes tipos, deportiva, infraestructura con un poco más de modulares. Entonces en ese sentido, los invitamos a que visiten la página del ministerio y que también entren en contacto con todos nuestros enlaces en territorio para que ustedes también puedan hacer parte de esa oferta institucional y en el tema de los bancos, también nosotros sí hacemos convocatorias directas a la comunidad pero también podemos hacer convenios derivados con ustedes para ampliar la cobertura y también para que ustedes puedan llegar a esos territorios, mejor dicho que hagamos una alianza estratégica para poder llegar a donde de pronto el territorio nacional no llega o desconoce ciertas particularidades del territorio y que podamos trabajar en conjunto para establecer las líneas de financiación, por ejemplo de cosas que ustedes sienten que son una necesidad en sus territorios y que podamos dejarlas contenidas dentro de los términos de referencia. También contarles que los montos de financiación siempre están contenidos en este documento y también los criterios de evaluación, tenemos proyectos que van desde 2 millones hasta 2.000 millones de pesos, entonces en lo que ha corrido del 2020 a la fecha, hemos financiado más de 8000 proyectos con más de casi 600,000 millones de pesos desde el Ministerio del interior. Entonces si podemos ampliar esa oferta a través de ustedes, si podemos trabajar en conjunto, estamos abiertos para hacerlo desde el Ministerio.


Ese proceso está en concertación, precisamente digamos que esa sí fue la directiva de nuestro presidente, no obstante se está revisando jurídicamente, porque si hay ciertos proyectos que requieren de cierto tecnicismo, entonces no es tan fácil y adicional a eso, no podemos olvidar que son recursos públicos y que hay que mostrar la idoneidad o la capacidad financiera que soporte la ejecución de esos recursos, entonces ¿qué pasa? anteriormente las juntas podrían proyectos a la menor cuantía, pero ahora si quieren establecer proyectos a un monto mucho más alto, pues hay unos documentos jurídicos o soportes que ellos deben presentar, entonces todo eso está en estudio jurídico pero no obstante, les estaremos informando a través de la dirección de participación y democracia ciudadana para que ustedes tengan un concepto oficial sobre ese tema.


Precisamente son tan importantes que por ellos se creó un banco de proyectos dirigido solamente para ellos, es exclusivo para ellos, para que puedan acceder a este banco tienen que ser mesas de diálogo constituidas y en estas líneas, todas las líneas están dirigidas al diálogo. Entonces les invitaríamos que formulen sus proyectos en pro de esas líneas que prontamente vamos a estar publicando en la página web, así que estén muy atentos, creeríamos que en el mes de agosto ya estaríamos publicando términos de referencia y allí van a encontrar las líneas de financiación que en resumen son de fortalecimiento del diálogo social en los territorios, nos han pedido temas productivos, nos han pedido también temas a nivel de adecuaciones para ellos, espacios de diálogo social, entonces allí van a encontrar seis líneas, las cuales vamos a estar publicando y el objetivo es que se articulen mucho con el Ministerio del interior con los enlaces territoriales para que ustedes también acompañen estas mesas de diálogo, es decir que no esté solo el ministerio sino que ustedes también hagan parte de esas mesas y nos ayuden también a replicar toda la oferta institucional, si ustedes también, por ejemplo, en este caso dicen “en mi territorio, hay 10 mesas de diálogo y yo quisiera que fuera priorizado” pues podemos también hacer en ese sentido alianzas, para que podamos incrementar la inversión y podamos llegar a esos territorios y poder trabajar de la mano con estas mesas de diálogo y también evitar todo este tema de paros, protestas y que la gente se sienta escuchada pero adicional a eso porque no es llegar con una propuesta que voy a cumplir en años si no llegar con una propuesta materializada.


No, en este momento están en el proceso de construcción de los términos de referencia, se están definiendo las líneas para la presentación de los proyectos, entonces más o menos al igual que con las mesas de diálogo, en agosto estaríamos abriendo las convocatorias yo les invito es que en agosto estén muy atentos de la página web porque seguramente en agosto saldremos con asuntos religiosos, saldremos con comunidades negras, saldremos con derechos humanos y con democracia. En el caso de indígenas están en un proceso de concertación porque lo que se quiere es aperturar un fondo que se llama “el fondo del buen vivir” que está contenido en el plan Nacional de desarrollo y este proceso tiene una ruta un poco más larga pero estos serían los bancos que abrirían y también el del viceministerio de las mesas de diálogo en agosto estarían publicados términos de referencia, igual esto tiene una etapa de inscripción pero también vamos a habilitar mesa de ayuda para que ustedes tengan toda la asistencia, preguntas, dudas, va a estar cada una de las direcciones con enlaces y adicionar sus aliados estratégicos porque normalmente esto se hace con un aliado que se contrata para ello y les vamos a estar prestando toda la asesoría técnica.


Claro que sí, precisamente esas son las mesas que son el objeto de este banco que se creó para el viceministerio.